SD huesca

Tranquilidad en la SD Huesca

La representación legal del club se muestra convencida de que el sobreseimiento de la causa vinculada a la Operación Oikos llegará una vez que se levante el secreto de sumario y se produzca la declaración ante el juez.

Los miembros del consejo de administración de la SD Huesca, durante la reunión que han mantenido este viernes.
Los miembros del consejo de administración de la SD Huesca, durante la reunión que han mantenido este viernes.
Rafael Gobantes

La tranquilidad sigue siendo el ánimo dominante en el seno de la SD Huesca y de sus servicios jurídicos a pesar de que el juez haya rechazado el sobreseimiento de su causa dentro de la Operación Oikos en la que se investiga una supuesta trama de amaños de partidos en la que también están siendo investigados Agustín Lasaosa y el doctor Juan Carlos Galindo, ambos ya fuera del club. Los motivos esgrimidos por el magistrado Ángel de Pedro, titular del juzgado de instrucción número 5 que instruye el caso, se entienden como justos e incluso se reconoce una cierta precipitación a la hora de solicitar que su implicación como persona jurídica fuese apartada.

De este modo, la defensa de la SD Huesca se muestra convencida de que el archivo se acabará produciendo una vez que se levante el secreto de sumario, medida que se producirá en breve, y que Manuel Torres, el nuevo consejero delegado tras la dimisión de Lasaosa, o el representante que se designe declare como representante ante el juez. Además, se entiende que la decisión tomada por de Pedro viene a preservar las garantías judiciales del proceso.

La SD Huesca decidió solicitar el sobreseimiento el pasado 31 de mayo amparándose en las declaraciones que el fiscal jefe de Huesca Juan Baratech había realizado un día antes indicando que el club incluso podría ser “el primer perjudicado” y con el convencimiento de que se encontraría con una respuesta favorable y rápida. En la resolución, las principales causas que se esgrimen son que todavía no se ha levantado el secreto de las actuaciones y que la solicitud llegó pronto.

El artículo del Código Penal que implica a la SD Huesca como persona jurídica es el 31 bis. En él se especifica que  “las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma”.

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