El Ayuntamiento cita al Real Zaragoza para hablar sobre la subvención al club

El encuentro se producirá este viernes, después de que el pasado 11 de mayo el equipo solicitara el cumplimiento de la subvención nominativa incluida en el presupuesto municipal de 2018.

El Ayuntamiento ha citado al presidente, Christian Lapetra Lorén, y al vicepresidente, Fernando Sainz de Varanda Alierta.
El Ayuntamiento cita al Real Zaragoza para hablar sobre la subvención al club
Aránzazu Navarro

El área de Alcaldía del Ayuntamiento de la capital aragonesa ha remitido este martes una carta a los responsables del Real Zaragoza para convocarles a una reunión monográfica sobre la subvención municipal al club que se celebrará este viernes, día 25 de mayo, a las 12.00, en la Sala de Gobierno del consistorio, encuentro al que deben confirmar su asistencia los directivos del equipo.

En esta carta, dirigida al presidente del Real Zaragoza S.A.D., Christian Lapetra Lorén, y al vicepresidente y consejero delegado, Fernando Sainz de Varanda Alierta, el consistorio da respuesta a la solicitud del club realizada el pasado 11 de mayo referente al cumplimiento de la subvención nominativa incluida en el presupuesto municipal de 2018 a favor del equipo de fútbol.

A este respecto, el área de Alcaldía ha aludido al artículo 27 de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público, donde se indica que la concesión de las subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto general municipal se regirá por las bases de ejecución del presupuesto y por esta ordenanza, así como por el convenio a través del cual se formalicen.

La concesión se inicia "a instancia del interesado, siendo requisito imprescindible la existencia de consignación específica y crédito suficiente en el presupuesto general municipal a favor de la persona pública o privada a la que va destinada la subvención".

Alcaldía indica, asimismo, que según la Ley de Subvenciones de Aragón, en su artículo 26.2, la resolución o en convenio deben incluir, como mínimo, la determinación del objeto de la subvención; la cuantía; las condiciones y compromisos; el crédito presupuestario; la compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas e ingresos; los plazos y modos de pago de la subvención y las medidas de garantía; y los plazos y forma de justificación por parte del beneficiario.

Por todo ello, "con carácter previo al pago de la citada subvención", el Área de Alcaldía ha advertido de que "es necesario establecer el contenido de la resolución de concesión de la misma o el convenio en los términos anteriormente expuestos", por lo que ha convocado una reunión para este viernes.

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