Amplían los cargos contra Rubén Castro

La Audiencia Provincial de Sevilla le atribuye nuevas agresiones a su exnovia.

Confirman el procesamiento del futbolista Rubén Castro por presunto maltrato a su exnovia
Confirman el procesamiento del futbolista Rubén Castro por presunto maltrato a su exnovia

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ampliado los cargos contra el jugador del Real Betis Rubén Castro, a quien la juez de Violencia sobre la Mujer número 3 procesó por cuatro delitos de maltrato y un quinto delito de amenazas leves hacia su exnovia, y le ha atribuido nuevas agresiones contra la víctima como propinarle una patada en el estómago o causarle un hematoma en el ojo izquierdo, que podrían constituir un nuevo delito de maltrato habitual, ya que "el uso de la violencia como método de imposición y de sometimiento de la voluntad ha sido reiterado y no aislado".


En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta de la Audiencia estima parcialmente el recurso presentado por la defensa de la afectada contra el auto de procedimiento abreviado dictado por la juez y ordena a ésta que incluya en el relato de hechos nuevas agresiones cometidas supuestamente por el delantero del Betis, para quien la Fiscalía de Sevilla pide dos años y un mes de cárcel.


La acusación particular que ejerce la exnovia del futbolista recurrió la decisión de la juez de archivar la denuncia interpuesta contra Rubén Castro por los delitos de agresión sexual y maltrato habitual, y ahora la Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso aunque únicamente en lo relativo al delito de maltrato habitual, ya que "no existen indicios racionales" del delito de agresión sexual.


En este sentido, el tribunal ordena a la juez que incluya como hecho probado que, durante la relación, "fueron frecuentes las disputas verbales e incluso físicas entre ambos, llegando el imputado a ejercer frecuentes actos de violencia contra" la víctima, de manera que el 15 de octubre de 2002, "cuando se encontraban en el domicilio de Rubén Castro, éste golpeó" a la víctima, causándole un hematoma en el ojo izquierdo.


En este caso, la Audiencia se basa en los testimonios prestados por dos amigas de la víctima, "a las que la denunciante ha contado en ocasiones las agresiones que ha sufrido y han podido comprobar cómo ésta tenía señales en su cuerpo compatibles con agresiones", y en una fotografía de esa misma fecha, pruebas "que permiten considerar que existen indicios suficientes para sustentar la imputación por ese incidente".


"Aunque los testigos no presenciaron las agresiones, sí aportan datos periféricos y circunstanciales que en este momento procesal son suficientes para permitir incorporarlos al relato de hechos" del auto de procedimiento abreviado dictado el 19 de noviembre de 2014 y confirmado por la juez el 13 de abril de 2015.

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