Condenado a dos años de cárcel el alcalde de Aguilón tras dar un botellazo a un vecino

Al regidor, que recurrirá el fallo, se le considera culpable de un delito de lesiones. La víctima y su hijo han sido absueltos.

Una sentencia del juzgado de lo penal número 2 de Zaragoza condena al alcalde de Aguilón, Andrés Herrando (PP), a dos años de cárcel por propinar un botellazo a un vecino que le había denunciado por estar fumando en el bar del pueblo. El fallo –que el regidor recurrirá y que no le llevaría a prisión porque no tiene antecedentes–, también obliga a indemnizar a la víctima en concepto de responsabilidad civil. El suceso implicó a otros tres vecinos de la localidad y se cruzaron denuncias por dos lados. La víctima del botellazo y su hijo han sido absueltos.


Los hechos se remontan al día 20 de octubre de 2013 cuando se considera probado –según la sentencia– que sobre las 17.00 el alcalde se hallaba en el bar de la localidad sentado en una mesa, bebiendo una cerveza de un botellín de vidrio y fumando. Al observar esto último, un vecino de la localidad y también acusado, José Luis O. R. se lo reprochó y le dijo que iba a avisar a la Guardia Civil porque fumar iba en contra de la normativa antitabaco.


Este vecino salió a la calle para hacer la llamada y cuando volvió al bar, hubo un intercambio de palabras entre ellos –cuyo contenido no ha quedado aclarado, según el juez– y en el momento en el que José Luis se disponía a unirse a su grupo, en el que estaba su hijo y también acusado Pedro Alberto O. J., el alcalde se levantó de la mesa en la que seguía sentado y "con inequívoco ánimo de menoscabar la integridad corporal" de José Luis le lanzó el botellín, que impactó en su cabeza y después salió despedido y se rompió contra la vitrina existente en la barra del bar.


El fallo del juzgado de lo penal número 2 también considera probado que tras el botellazo, se generó un barullo al que se acercaron varias personas más y el también condenado Jesús Mainar, otro vecino de la localidad, agarró del pelo por detrás a José Luis y le propinó un puñetazo en la cabeza, aunque no le ocasionó lesiones. Se considera probado también que, ni antes ni durante el barullo, el padre o el hijo implicados en el suceso agredieran al alcalde, y eso pese a que el médico de la localidad le apreció tres días después hematomas y erosiones –de las que el juez dice que se ignoran la causa y la autoría de estas–. Por su parte, José Luis O. R. sufrió una herida inciso-contusa en el occipital, que precisó para su curación grapas de sutura, de la que se recuperó en 16 días sin quedarle secuela alguna.Testimonios no creíbles

Las declaraciones de los implicados fueron opuestas. Por un lado, Herrando y Mainar, y por otro, el padre y el hijo implicados en el suceso, negaron cualquier agresión por su parte y acusaron a la parte contraria de hacerlo. Por eso, y para aclarar lo sucedido, se acudió a los testigos, aunque el juez considera que no todos son creíbles, ya que algunos de ellos manifestaron cuestiones contrapuestas cuando declararon ante el juzgado instructor y durante el juicio. De hecho, sobre uno de los testigos el juez ni siquiera tiene claro que estuviera en el bar cuando sucedieron los hechos. Este testigo precisamente defendió la tesis del alcalde de que la botella "salió volando disparada sin voluntad de Herrando cuando éste se levantó de la silla", una cuestión que el juez califica de "tesis absurda y completamente increíble" y, además añade, que este testigo admitió en sala que tenía problemas de oído y, "sorprendentemente escuchó perfectamente los presuntos insultos de “cornudo” o “soplapollas” proferidos por José Luis contra el alcalde, pero sin embargo no oyó nada de lo que dijo este".


La explicación de otros testigos se corroboró también con la versión de los agentes de la Guardia Civil que acudieron al municipio después de que el hijo les avisara y aprecieron la herida sangrante que José Luis llevaba en la cabeza y de la que luego fue curado en el hospital Militar de Zaragoza.


En el fallo, el juez condena al alcalde como responsable de un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso a la pena de dos años de cárcel con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, así como al pago de un séptimo de las costas de la acusación particular. Además, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil al vecino al que dio el botellazo con 931,84 euros más los intereses legales correspondientes por las lesiones que le causó. El juez le absuelve del delito de vejaciones injustas o injurias del que también le acusaba la otra parte. Herrando aseguró ayer que recurrirá el fallo.


A Jesús Mainar le absuelve tanto del delito de lesiones como de la falta de vejaciones, pero le considera autor de una falta de maltrato de obra por el puñetazo que le dio al vecino y le condena a pagar una multa de 80 euros y otro séptimo de las costas.


En cuanto al padre e hijo implicados en el suceso les absuelve de los delitos de atentado y faltas de lesiones y de injurias de los que les acusaban.

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