SENTENCIA DE LA UE

Los mundiales y eurocopas son de interés general

El Tribunal General de la Unión Europea ha sentenciado que un país puede prohibir la retransmisión exclusiva de partidos de la Copa del Mundo y la Eurocopa a través de televisiones de pago debido a su "una gran importancia para la sociedad".

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EFE

La corte argumentó su decisión en «el derecho a la información y la necesidad de garantizar un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de acontecimientos» que los Estados miembros de la UE «consideren de gran importancia para su sociedad», según explica el comunicado.


El Tribunal General emitió esta sentencia sobre el caso que enfrenta a la FIFA y la UEFA con la Comisión Europea, por la decisión del Ejecutivo comunitario de avalar las decisiones de Bélgica y Reino Unido de incluir en su lista de acontecimientos importantes todos los partidos de la fase final de la Copa del Mundo y, en el caso de Reino Unido, también de la Eurocopa.


El tribunal ha recordado este juevs que la legislación europea permite que los estados prohíban la retransmisión en cerrado de ciertos partidos, cuando se prive a una parte importante del público de la posibilidad de seguirlos en una televisión en abierto.


Asimismo, ha considerado que es complicado determinar qué partidos tendrán interés para la clasificación de los países en el momento de la compra de los derechos televisivos, por lo que descartó el argumento empleado por las federaciones según el cual sólo se prohibiría la emisión de pago de los encuentros en los que participen las correspondientes selecciones nacionales.

Espectadores e ingresos

Por lo que se refiere a los datos esgrimidos por las federaciones para demostrar que los partidos en los que no participan sus selecciones nacionales no tienen interés, el tribunal ha constatado que la audiencia de las últimas ediciones de los campeonatos revela que fueron vistos por muchísimos telespectadores, de los cuales muchos no se interesan normalmente por el fútbol.


Asimismo, aunque el tribunal admitie que el hecho de que se obligue a emitir en abierto afectará a los ingresos de la FIFA y la UEFA, esto no les obliga a ceder los derechos gratuitamente.


En la nota de prensa, el tribunal recuerda que las resoluciones del Tribunal General pueden ser recurridas ante el Tribunal de Justicia.


La FIFA es la organizadora de la Copa del Mundo de fútbol, mientras que la UEFA es responsable de la Eurocopa, el campeonato europeo de selecciones nacionales, dos torneos que se celebran cada cuatro años.