¿Cuándo puede reclamarse el sobrecoste producido por el cártel de camiones?

¿Cuándo puede reclamarse el sobrecoste producido por el cártel de camiones?

El plazo para reclamar concluye el próximo 19 de julio, cuando se cumple un año de la multa impuesta por la Unión Europea.

Vanessa Layed, abogada de Ilex Abogados, José Miguel Pascual Hijazo y  Miguel Vispe Pérez, de la Asesoría Jurídica del Transporte, recomiendan buscar asesoramiento profesional para iniciar las reclamaciones
Vanessa Layed, abogada de Ilex Abogados, José Miguel Pascual Hijazo y Miguel Vispe Pérez, de la Asesoría Jurídica del Transporte, recomiendan buscar asesoramiento profesional para iniciar las reclamaciones
Ilex Abogados

El pasado 19 de julio de 2016, la Comisión Europea descubrió que los fabricantes de camiones Man, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y Daf quebrantaron los artículos 101 del Tratado de funcionamientos de la Unión Europea y 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europea, que prohíben los cárteles y otras prácticas restrictivas de negocio en toda la Unión Europea.

Durante 14 años (de 1997 a 2011), los fabricantes de dichas marcas se pusieron de acuerdo para la fijación de precios y para repercutir a los clientes los costes de cumplimiento de las normativas de emisiones más estrictas de la UE. Por estas infracciones, la Comisión ha impuesto ya multas de distinta cuantía a los fabricantes además de ofrecer a los camioneros la posibilidad de reclamar la devolución de parte del dinero desembolsado cuando compraron su vehículo.

Desde el despacho Ilex Abogados, S.L.P., en colaboración la Asesoría Jurídica del Transporte que dirige José Miguel Pascual Hijazo junto con Miguel Vispe Pérez, se apunta el importante volumen de afectados que existen en Aragón y la necesidad de actuar con celeridad, comenzando con las reclamaciones antes del próximo 19 de julio.

Vanessa Layed, abogada de este despacho, explica que el volumen de ventas que está siendo investigado “es de alrededor de 10 millones de camiones dentro de la Unión Europea y de unos 200.000 en España. Concretamente, se trata de vehículos cuyo peso oscila entre 6 y 16 Tn (“camiones medios”) y los camiones de más de 16 Tn (“camiones pesados”), tanto camiones rígidos como cabezas tractoras”.

Todos aquellos que comprasen un vehículo de las marcas afectadas entre los años 1997 y 2011 -aunque lo vendiesen con posteridad- , así como los que suscribieron un contrato de leasing ya pueden iniciar las reclamaciones pertinentes. Solo quedan fuera de este proceso quienes adquiriesen un camión de segunda mano.

Aunque no se conoce el sobrecoste aplicado, algunas estadísticas señalan que la cifra está en torno al 15 o 20% del valor del vehículo, cuyo precio medio es de 80.000 euros. Para saberlo con exactitud, lo más acertado es recurrir a expertos en materia de legislación "y contar con un informe pericial exhaustivo que determine el sobrecoste derivado de la implantación de los sistemas de retención de gases contaminantes", concluye Layed.