Prevenir delitos en la empresa está al alcance de cualquier directivo

La regulación establece por primera vez los mecanismos de vigilancia y control que las empresas deben adoptar para evitar su responsabilidad penal.

Para Navarro Llima Abogados S.L. la empresa siempre ha sido su cliente principal.
Para Navarro Llima Abogados S.L. la empresa siempre ha sido su cliente principal.
Navarro Llima Abogados S.L.

El comienzo de la crisis supuso el ‘boom’ de los procedimientos concursales en nuestro país. En la actualidad, aunque el número de dichos procedimientos ha disminuido, estos continúan siendo una de las materias habituales que demanda el sector jurídico mercantil y empresarial. No obstante, en los últimos tiempos ha surgido una nueva materia que ha llegado a convertirse en una necesidad básica de los clientes: el denominado ‘Corporate Compliance’ o sistemas de prevención de delitos en la empresa.


Esta nueva necesidad, que nace a partir de la reciente modificación del Código Penal, convierte a las empresas en sujetos penalmente responsables de los delitos que ocurran en su seno y establece que solo en el caso de que la empresa haya tomado las debidas precauciones, mediante los debidos estudios de riesgos y programas de prevención, esta quedaría libre de dicha responsabilidad.


Jaime J. Navarro, fundador de Navarro Llima Abogados S.L. y experto en el asesoramiento e implantación de estos mecanismos de precaución, alerta de que "las sanciones pueden ser muy grandes, incluso pueden suponer el cierre de la empresa, lo que ha motivado que cada vez más clientes nos soliciten la realización de estos programas".



Nadie se libra de la norma


Como es habitual, la legislación española del Código Penal no distingue entre grandes multinacionales o pequeñas empresas. Por ello, incluso las sociedades menores tienen la necesidad de realizar los programas, a una escala muy diferente atendiendo a sus riesgos, o si bien no un programa completo, cuanto menos un análisis de riesgos, que según el resultado puede ser suficiente para librarse de la responsabilidad.


Desde Navarro Llima Abogados S.L. consideran que se trata de un campo en el que no se puede generalizar y que obliga a revisar en profundidad la empresa caso por caso. "Creemos que es muy positivo que se extiendan estos programas de prevención ahora que se están dictando las primeras sentencias que condenan penalmente a las empresas", admite Jaime J. Navarro. "Evitar este riesgo está al alcance de cualquier directivo ya que los delitos que afectan a la empresa los puede cometer cualquier empleado e incluso podría darse el caso de que el origen viniera en un proveedor".


Para Navarro Llima Abogados S.L. la empresa siempre ha sido su cliente principal. Desde sus inicios en 2003, la firma se ha centrado en toda la materia mercantil, desde operaciones de capital a los concursos de acreedores, pasando por la negociación y resolución judicial de conflictos comerciales y societarios. Sin embargo, su experiencia no queda ahí. "Podemos decir que esas materias, junto con la práctica internacional que desarrollamos gracias a nuestra pertenencia a la red Russell Bedford International desde 2004, forman parte de nuestro día a día" insiste Jaime J. Navarro, quien se refiere a la apertura de sucursales en otros países, a la planificación fiscal internacional y a los conflictos transnacionales en los que también están especializados.


Información facilitada por Navarro Llima Abogados S.L. 



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