Abogado o procurador, ¿a quién acudir?

Aunque ambos son profesionales del derecho, el abogado ejerce la defensa técnica de un cliente y el procurador se encarga de la representación procesal.

Abogado o procurador, ¿a quién acudir?
Abogado o procurador, ¿a quién acudir?

Según el tipo de proceso judicial al que se enfrente el cliente deberá contar con un profesional u otro para gestionar bien todos los componentes que entran en juego en un juicio. En el proceso judicial civilAunque en los procesos civiles la figura del abogado es casi siempre necesaria, hay tres excepciones en las que estos profesionales del derecho no intervienen. El primero de estos casos es cuando se celebran juicios verbales cuya cuantía no supera los 2.000 euros; lo mismo ocurre en las peticiones iniciales de los procedimientos monitorios; y también durante la elaboración de escritos para solicitar la adopción de medidas urgentes antes de un juicio o para suspender vistas y actuaciones. En los tres anteriores, sin embargo, sí es necesaria la presencia de un procurador, quien también deberá actuar en juicios universales en los que la comparecencia se limite a presentar diversa documentación o en los incidentes relativos a la impugnación de resoluciones cuando la asistencia

jurídica sea gratuita. En el proceso judicial penalAnte esta clase de procesos, la presencia de un abogado es necesaria siempre que se detiene a una persona (bien sea porque se le ha contratado o porque se le ha designado por el sistema de asistencia

judicial gratuita), así como durante la tramitación de todo el procedimiento judicial, encargándose también de la representación de dicho imputado llegado el momento de juicio. Por el contrario, la experiencia del procurador será solo necesaria en aquellos casos en los que se acuerde la apertura de un juicio oral. En el proceso judicial laboralEn la tramitación de los procesos laborales o sociales, la figura de estos dos profesionales del derecho no es legalmente obligatoria, aunque sí que lo es en el caso del abogado cuando éste debe defender los intereses de las partes con las mínimas garantías, ya que estos procedimientos suelen ser muy complejos y de gran relevancia. En el proceso judicial contencioso-administrativoAnte los procesos contenciosos-administrativos, que son aquellos en los que se ven envueltos los ciudadanos y las administraciones públicas, es obligatoria únicamente la intervención de un abogado. No obstante, dependiendo de si las acciones judiciales deben entablarse ante un órgano unipersonal (el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo) o ante un órgano colegiado (el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia Nacional), el cliente deberá acudir a un letrado o a un procurador, respectivamente, para asegurar que la tramitación del proceso es la adecuada. 


-Más información en la 'Guía práctica del Asesoramiento Jurídico y Financiero'