"En materia de derechos laborales, merece la pena reclamar siempre"

Los abogados Iker Berges e Ignacio Martín respondieron este jueves a las preguntas de los lectores de Heraldo.es en torno a los conflictos entre empresas y trabajadores.

Encuentro digital con los abogados y los lectores de Heraldo.es.
Encuentro digital con los abogados y los lectores de Heraldo.es.

"En materia de derechos laborales, merece la pena reclamar siempre”. Es una de las conclusiones a la que se llegó este jueves en el encuentro digital patrocinado organizado por Heraldo.es en el que participaron los abogados Iker Berges e Ignacio Martín. Ambos expertos debatieron y, sobre todo, aclararon dudas a los lectores.

En su primera intervención, Ignacio Martín, letrado especializado en Derecho Mercantil y Seguridad Social, del bufete Ignacio Martín del Pozo y Asociados S.L.P. contestaba a una pregunta acerca de las opciones del trabajador si la empresa no le pagaba o le pagaba tarde. Martín aclaró: "Lo primero es reclamar, para buscar, a continuación, la conciliación a través del servicio de mediación y si no, recurrir a la demanda, que suele derivar en un resultado satisfactorio para el demandante". Tanto si la empresa ha cerrado como si está en concurso de acreedores, “yo les digo a mis clientes que van a ganar siempre”, concluyó el experto, quien recordó la existencia del Fondo de Garantía Salarial para los casos de impago.

Las deudas y, concretamente, la morosidad de las empresas, centraron varias de las cuestiones que abordó Iker Berges, el abogado especializado en Derecho Mercantil y Societario del despacho DCA. La primera de ellas era formulada por un trabajador autónomo que afirmaba que le debía dinero una empresa que había cerrado sin avisar. El letrado matizó que, en ese caso, el procedimiento no solo afectaría a la cantidad a deber, sino también a la responsabilidad de no haber presentado concurso de acreedores y haber recurrido a lo que se conoce como “persianazo”.

Las cuestiones de ámbito laboral marcadas, como los propios letrados reconocieron, por el paso de la crisis, aclararon, entre otros muchos aspectos y según lo que marca el Estatuto de los Trabajadores, que las empresas no pueden obligar a hacer horas extras o trabajar fines de semana si no está contemplado en el contrato ni existe una causa que lo justifique. Ignacio Martín tranquilizó, además, a otro de los lectores preocupado por el cambio de dueño en su empresa, pues este debe “subrogar los derechos y obligaciones de la empresa” y, por supuesto, “conservar a los trabajadores”.

Procedimientos más complicados eran los producidos en el seno de una empresa por desavenencias con los socios, que solo podrían solucionarse con la venta de acciones y la disolución de la sociedad. El especialista en Derecho Mercantil, Iker Berges, se apresuró a decir: “El patrimonio personal  de cada uno de los propietarios estaba asegurado”. El abogado también tuvo la oportunidad de referir las consecuencias de que la empresa contrajera una deuda con Hacienda, ya que el proceso de cobro es más rápido que si se trata de una deuda privada que haya que negociar con las entidades financieras.

Berges reconoció que el gran "caballo de batalla de las empresas europeas es la protección de datos” y anunció el cambio de normativa para el próximo mes de mayo, al hilo de una de las inquietudes de los lectores.

Por su parte, Martín continuó explicando cuestiones de ámbito laboral que habían sido modificadas tras la recesión económica. Así, abordó lo justificado o no de los contratos temporales o de obra, la conveniencia de mantener a un trabajador en régimen de autónomo o los requisitos para solicitar una jubilación anticipada.