Mayo, tiempo de pérgolas y toldos en terrazas y áticos

Con el buen tiempo prolifera el mobiliario portátil de zonas exteriores, pero hay limitaciones.

Toldo en una terraza
Toldo en una terraza

Llega el buen tiempo, y a falta de poder disfrutar de las buenas temperaturas con una escapa al campo o a la playa, quienes dispongan en la ciudad de terrazas y áticos pueden crearse sus pequeños recodos de paz al aire libre. Pero la instalación de pérgolas, toldos u otros elementos tienen sus limitaciones y pueden acarrear multas en caso de infracciones.


"Inicialmente, todo lo que sea modificar visualmente la fachada exterior de un edificio tiene unas restricciones en la normativa del Plan General de Ordenación Urbana", explican desde el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza. "Con carácter previo, en una terraza podrán hacer todo lo que se considera uso propio de una zona de estar exterior de la vivienda y a partir de ahí lo normal es que se generen problemas con los vecinos", apuntan.


Otra cosa será, de quién es la propiedad del espacio exterior que se ocupa. Así, en una azotea comunitaria instalar elementos comunes requiere la aprobación por mayoría cualificada de tres quintos de propietarios y de cuotas, al igual que si se trata de una terraza a la que se accede por un piso primero y es de uso y disfrute exclusivo del usuario de la vivienda, que tendrá que pedir permiso a la comunidad siempre que ponga elementos de carácter fijo y anclados al suelo.


"Aquí a veces hay sorpresas, porque hay vecinos que piden permiso para hacer una cosa y luego hacen mucho más", explica el secretario del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Aragón, Jorge Herrero, quien pone como ejemplo un reciente conflicto en una comunidad de vecinos en la que "construyeron una habitación en la terraza del primero y la comunidad lo denunció". En este caso, el servicio de inspección de Urbanismo instó a la demolición en un plazo determinado antes de imponer la sanción.


También en este tipo de terrazas propiedad de la comunidad de las que son usufructuarios los vecinos de un piso "es muy frecuente pedir permiso para instalar tejadillos de uralita, que en ese caso se atornillan a la fachada y están regulados por la normativa del Plan General de Ordenación Urbana".

Piscinas portátiles

Pero si hay elementos que se multiplican en los espacios exteriores con la llegada del buen tiempo son las pérgolas y toldos palilleros. Y hacerse el despiste con la normativa puede salir caro porque una pérgola desafortunada puede suponer hasta 6.000 euros de multa.


Según lo establecido en el PGOU de Zaragoza las pérgolas no pueden superar los 3 metros de altura. En terrazas particulares se pueden instalar siempre y cuando no provoquen filtraciones, no tengan paredes y supongan el cerramiento de la terraza, porque se estaría ganando en volumen de edificación. "Si la pérgola no es desmontable y va anclada a la superficie requiere licencia de obra menor con declaración responsable porque es un elemento ornamental o decorativo y va anclado a una superficie, que es la cubierta del edificio", apunta Herrero, además de los pertinentes acuerdos de la comunidad de vecinos en caso de que se coloquen en espacios de propiedad común.


En el caso de los toldos, están permitidos por el PGOU. "Los estatutos de las comunidades suelen hablar de un mismo modelo. Solemos recomendar que se elija un modelo genérico de manera que los vecinos lo puedan adquirir de cualquier fabricante y así se evitan problemas", subraya Herrero, quien apunta además que si los estatutos no especifican nada al respecto "todos deben seguir el modelo del primero que se haya colocado".


Sobre la instalación de otros elementos portátiles concretos como piscinas portátiles no hay una normativa específica, y ahí entran en juego las normas de civismo y respecto vecinal y el "sentido común de lo que se puede o no hacer en un bloque de viviendas". Así, en el caso de las piscinas portátiles "habrá que tener en cuenta la cuestión de los desagües y que no provoquen filtraciones", dice Herrero.


"Si son pequeñas no suele haber problema, el problema es cuando son más grandes o de adultos, y ahí sí que habría que pedir un certificado de solidez", por la afección que pudiera tener sobre los forjados, si bien en estos casos "recomendamos que ante cualquier duda se consulte al gestor de cada comunidad o al propio colegio para evitar problemas mayores".