Elegidos los 2.553 miembros de las mesas de Zaragoza

Un sistema informático es el que se encarga de elegir de forma aleatoria a los integrantes de la mesa.

Sorteo de la composición de las mesas electorales de Zaragoza
Sorteo de la composición de las mesas electorales de Zaragoza
Guillermo Mestre

El pleno del Ayuntamiento de Zaragoza ha celebrado este lunes el sorteo de la composición de las 851 mesas electorales de la capital aragonesa, para lo que se han elegido 2.553 personas titulares y 5.106 suplentes.


Un sistema informático es el que se encarga de elegir de forma aleatoria a los integrantes de la mesa entre las personas que conforman el censo definitivo en la capital aragonesa, ha explicado a los medios el responsable de la aplicación informática de gestión del padrón de habitantes, Jesús Escanero.


Antes del censo definitivo el ayuntamiento recibe uno provisional que se expone a información pública para consultas y alegaciones y una vez resueltas éstas, el Instituto Nacional de Estadística se encarga de elaborar el definitivo para su remisión de nuevo al consistorio.


Para la composición de las mesas son elegibles mayores de 18 años y menores de 70 con una titulación educativa mínima de graduado escolar, si bien para ejercer de presidente se exigen estudios de Bachiller, Formación Profesional o superiores.


También se incluyen extranjeros que hayan solicitado votar en España y se excluyen quienes hayan solicitado el voto por correo. Para cada mesa se eligen nueve cargos: un presidente y dos suplentes y dos vocales titulares y cuatro suplentes.


Una vez resuelto el sorteo, que dura unos 10 minutos, se imprime el resultado con los nombres de cada ciudadano elegido y se envía en mano a la Junta Electoral de Zona que luego es la que se encarga de comunicarlo a cada persona en el plazo de tres días con la colaboración de la Policía Local.


El incumplimiento de la obligación de acudir al puesto de presidente o vocal sin causa justificada está castigado por la ley con una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses.


No obstante, en el caso de que hayan resultado elegidas personas que por distintas razones consideren que están exentas de la labor, deben recurrir a la Junta Electoral de Zona, que resolverá en cada caso.