El Supremo desahucia a un hombre al que reclamaba su excompañera dos pisos

La mujer adquirió las dos viviendas en junio de 2011 que su excompañero sentimental ocupaba.

El Tribunal Supremo ha estimado la demanda de desahucio presentada por una mujer contra su excompañero sentimental, que ocupaba desde 2011 dos pisos en un inmueble de Zaragoza que había adquirido ella previamente en una subasta pública de la Seguridad Social.


La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la mujer adquirió las dos viviendas en junio de 2011 y que varios meses después, su expareja recurrió la adjudicación de los inmuebles ante la Seguridad Social y a través de la vía de lo contencioso administrativo.


La mujer decidió a principios de 2012 presentar a su vez una demanda civil de desahucio, pero el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Zaragoza resolvió en marzo de ese mismo año a favor de su excompañero al entender que el acto administrativo de la adjudicación no era firme al estar recurrido.


La sección segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza confirmó en junio de 2012 la sentencia del juzgado y condenó a la mujer a pagar las costas judiciales generadas en ambas instancias.


El Tribunal Supremo cita jurisprudencia propia para anular ambas sentencias al entender que los actos administrativos son "válidos" a pesar de estar recurridos, salvo una suspensión cautelar procedente de la vía de lo contencioso.


Asegura, además, que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo encargado del recurso no sólo no suspendió la venta de las viviendas sino que rechazó el recurso del excompañero sentimental de la demandante al entender que se había ajustado en todo momento a la legalidad.


En su resolución, el Supremo anula las sentencias de primera instancia y acuerda el desahucio del demandado, al que apercibe de su desalojo en caso de no abandonar las viviendas y al que impone el pago de las costas judiciales generadas anteriormente.