Recrecimiento del embalse de Yesa

El Supremo concluye que el recrecimiento de Yesa no afecta al Camino de Santiago

El Tribunal Supremo desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Artieda, al que condena al pago de los costes judiciales.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Artieda (Zaragoza) para instar la nulidad de una resolución judicial anterior que descartaba que las obras de recrecimiento del embalse de Yesa afectaran de forma negativa al Camino de Santiago a su paso por la zona afectada. 


En su sentencia, el Supremo ratifica la sentencia dictada en diciembre de 2010 por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón para anular una resolución del Gobierno aragonés en torno al trazado de la Ruta Jacobea que recurrió el Estado al entender que impedía las obras de Yesa.


Los magistrados del Supremo admiten el "extraordinario" interés cultural del Camino de Santiago, al que se refieren como un "auténtico tesoro" a proteger pero descartan que su significado y trascendencia nacional e internacional pueda verse afectado por una puntual modificación del trazado.


Entienden que las normas internacionales que protegen la Ruta "no impiden, sin embargo, un puntual y escaso desplazamiento de aquellos (monumentos) o de éstas (rutas), siempre que no distorsione la plena percepción de su singular significado histórico y cultural y que esté amparado en la necesidad justificada de atender a otros intereses generales de más que notable intensidad".


Critican, además, el hecho de que en la resolución del Gobierno aragonés que anuló el Tribunal Superior de Justicia de Aragón no había referencia alguna al proyecto de recrecimiento de Yesa que la motivó ni, por tanto, motivaciones para sustentar la decisión adoptada.


El Tribunal Supremo rechaza todos los argumentos planteados contra esta decisión por el Ayuntamiento de Artieda, al que condenan al pago de los costes judiciales generadas