ZARAGOZA

El Tribunal Superior de Aragón anula otros dos acuerdos municipales del plan Aceralia

La Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección primera) del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado la modificación y el planeamiento aprobados por el Ayuntamiento de Zaragoza para desarrollar el plan Aceralia. En dos sentencias dictadas simultáneamente, da un nuevo revés judicial al proyecto y basa su dictamen en un informe pericial del Colegio de Arquitectos de Aragón. Ese documento estima que la ordenación es irracional, "solo atiende a los intereses de las industrias promotoras", que no se contemplan los equipamientos necesarios y que se incumple la altura máxima.


Estos son los mismos argumentos por los que el pasado mes de abril el TSJA también anuló el millonario convenio por el que el Ayuntamiento de Zaragoza recalificó los suelos de la antigua industria para construir 2.344 viviendas con las que sufragaría el traslado de la fábrica y otras 13 firmas más fuera del barrio del Picarral. Ese acuerdo se aprobó en 2003, con un gobierno PP-PAR, aunque no fue hasta 2005, con la coalición PSOE-CHA, cuando se ratificó definitivamente.


Después de dar luz verde a ese convenio, el Ayuntamiento aprobó en sendos plenos la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) -lo hizo en noviembre de 2004- y un plan especial -en septiembre de 2005-, necesarios para desarrollar el acuerdo municipal.


Tres recursos


El grupo Saica (que estaba situado al lado de Aceralia) presentó recursos contra todos estos trámites: el convenio, la modificación y el planeamiento. Los tres recursos han sido estimados por el TSJA, el primero en abril y los otros dos, con las sentencias ahora dictadas.


En todos los casos, la Sala de lo Contencioso-Administrativo arguye que la ordenación residencial propuesta no "puede ser calificada como racional, porque no responde a ninguna planificación previa que debió recogerse anticipadamente en el Plan General aprobado poco antes del convenio".


Pero va más allá y asegura que el plan "solo atiende a los intereses de las industrias promotoras del mismo, y no al general". De hecho, señala que se eligió el momento en el que "las plusvalías expectantes de la recalificación de los terrenos de autos se equilibraron con los calculados costes del traslado de aquellas industrias".


Además, apunta que los sistemas para espacios libres, los equipamientos, el sistema local viario y de aparcamiento previstos "son inferiores" a los que marca la Ley Urbanística de Aragón. El informe también hace referencia a las alturas de los edificios, que según el plan varían entre 11 y 17. El Colegio de Arquitectos de Aragón indica que "debería respetarse, salvo excepciones justificadas, la altura máxima fijada".


Por todo ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera nulos los tres trámites municipales. Las sentencias pueden ser recurridas ante el Supremo.