Tribunales

Condenada en Zaragoza una exdirigente de CC. OO. por falsear la cesión de horas sindicales

El juez impone 22 meses de prisión y una multad de 2.400 euros a la acusada, que ya no ocupa cargos en el sindicato.

El juicio se celebró en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Audiencia Provincial de Zaragoza.
raquel

Un juez ha condenado a la ex secretaria de organización de la Federación de Sanidad de CC. OO., M. G. A., por un delito de falsedad documental a 22 meses de prisión y una multa de diez meses (2.400 euros). Según el magistrado, el delito lo cometió por modificar los documentos de cesión de horas sindicales firmados por tres afiliados en años anteriores y hacer constar que correspondían a 2018. La alteración se limitó a manipular unas fotocopias, pero estas fueron presentadas ante el departamento de recursos humanos del Servicio Aragonés de Salud (Salud) y las dio por válidas, con lo que la falsedad tuvo el "efecto necesario", según la sentencia.

La causa se abrió a raíz de la denuncia presentada hace cinco años por tres delegados sindicales de la Federación de Sanidad y Servicios socio sanitarios de CC. OO. En ella indicaban que, sin su conocimiento ni consentimiento, M. G. A., había modificado las fotocopias de documentos en los que ellos cedían sus horas sindicales para el año 2018.

La Fiscalía y la acusación particular, a cargo de la abogada María Guiu, calificaron los hechos como un delito continuado de falsedad y mientras la primera solicitaba 22 meses de prisión, la segunda la elevaba a tres años.

La defensa de la acusada solicitó su absolución alegando, como argumentó la exdirigente en el juicio, que la alteración de las fotocopias era una práctica "habitual" entre los delegados sindicales. De hecho, M. G. M. presentó numerosos testigos que acreditaron que, ciertamente, era normal que por parte de los delegados sindicales se firmara la autorización para la cesión de horas una sola vez y que, luego, con ese documento, se hicieran fotocopias y se utilizaran para los siguientes años en los que cedían sus horas.

Pero el magistrado, titular del Juzgado de lo Penal número 1, entiende que eso no supone que su conducta no sea reprochable penalmente. "Es decir -señala en la sentencia- por el hecho de que otras personas, por costumbre o por los motivos que sean, cometan un delito, la conducta de la acusada no se vuelve atípica (...)". Añade que esas conductas podrían ser constitutivas, en su caso, de un posible delito, pero eso no quiere decir que la acusada, en el procedimiento objeto de juicio, "no haya cometido el delito que se le imputa".

Una mera fotocopia

El juez incide en su fallo que el documento presentado en el Salud no era original, sino una "mera fotocopia en color debidamente manipulada para cumplir las condiciones exigidas", es decir, no era un documento auténtico sino que era falso. Y la exsecretaria, en su declaración, manifestó que fotocopió unos documentos y sobre ellos, puso la fecha, firmó y estampó el sello del sindicato.

Recoge que M. G. M. también dijo que "que no tenía intención de falsificar" ningún documento, "pero realmente no estaba manifestando dicha afirmación (o negación), sino que lo que estaba diciendo es que no sabía que su conducta fuera un delito, pero es sabido que la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento". La sentencia no es firme y ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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