El TSJA rechaza que el Consistorio deba indemnizar a la empresa del parquin del Pilar

Pedía un reequilibrio por el traslado de los juzgados y de servicios municipales y por las obras de Echegaray y Caballero.

La vista por el recurso se celebró en la Sala de lo Criminal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón
Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en una imagen de archivo.
Oliver Duch

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha rechazado que el Ayuntamiento de Zaragoza deba indemnizar a la empresa que gestiona el aparcamiento subterráneo de la plaza del Pilar. Concretamente, ha desestimado el recurso de apelación que interpuso Estacionamientos del Pilar S. A. a una sentencia del 1 de septiembre de 2021 favorable al Consistorio. La compañía pedía ser compensada por los perjuicios que consideraba que le habían generado las obras que se llevaron a cabo en el paseo de Echegaray y Caballero entre 2006 y 2007, así como el traslado de los juzgados a su nueva sede y de determinados servicios municipales al Edificio Seminario.

La empresa había pedido al Ayuntamiento un reequilibrio económico a la explotación en régimen de concesión administrativa del parquin, ya que entendía que determinadas decisiones municipales le habían supuesto una pérdida de ingresos. Reclamaba, en concreto, una indemnización de 761.389 euros por el perjuicio sufrido hasta 2015, cuando se presentó la demanda. Aunque llegó a presentar informes periciales que hablaban de cifras mucho más altas, que rozaban en suma los 5,4 millones de euros.

En primer lugar, citaba las obras de acondicionamiento y remodelación de aceras y de construcción del carril bici que se ejecutaron durante alrededor de un año y medio y que trajeron después consigo una reordenación del tráfico rodado en Echegaray y Caballero. Sobre este motivo, el fallo concluye que pese a que los trabajos dificultaron el acceso al aparcamiento no llegaron a impedirlo en ningún momento, y explica que solo cabría una indemnización cuando se hubiera cerrado por completo el estacionamiento durante un periodo de horas superior al 2% anual.

"A riesgo del concesionario"

Igualmente, considera "evidente" que, junto a las obras, también la decisión del Ayuntamiento de trasladar su sede administrativa de la Casa Consistorial al Seminario "han originado un perjuicio patrimonial" a la empresa. No obstante, determina que "no ha quedado probado que dicho perjuicio sea de tal alcance que ponga en peligro la prestación del servicio público", por lo que, añade la sentencia, "debe correr a riesgo y ventura de concesionario". Sobre todo, dice, porque la prueba pericial "se limita a recoger los datos de usuarios facilitados por la empresa" y "no tiene en cuenta ningún tipo de consecuencia derivada de la crisis económica".

Sobre los juzgados, recuerda que la decisión de llevarlos a la Ciudad de la Justicia fue del Gobierno de Aragón y no del Ayuntamiento. También añade que pese a ambos traslados el lugar "no está en absoluto desprovisto de servicios y por ende de la posibilidad de requerir plazas de aparcamiento". Todavía cabe recurso de casación.

La cifra: 761.389 euros

La empresa que gestiona el aparcamiento subterráneo de la plaza del Pilar pedía al Ayuntamiento de Zaragoza en esta apelación una indemnización de hasta 761.389 euros como reequilibrio económico por los daños causados por el traslado de los juzgados al Actur y de determinados servicios municipales al Edificio Seminario, así como por las obras de acondicionamiento que se llevaron a cabo en el paseo de Echegaray y Caballero entre abril de 2006 y noviembre de 2007. La demanda se presentó en 2015. 

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