El TSJA ratifica la absolución de un policía local de Mallén acusado de lesiones

El tribunal exonera al agente municipal, que fue denunciado por una conductora a la que iba a multar por aparcar mal.

El acusado, durante el juicio celebrado este martes en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

El Tribunal Superior de Justicia Aragón (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia que absolvió al policía local de Mallén que fue juzgado por las presuntas lesiones causadas en una muñeca a una conductora durante un incidente de tráfico. El tribunal ha desestimado los recursos presentados por la Fiscalía y por el abogado de la denunciante, que pedían hasta dos años de prisión para el funcionario municipal y el pago de una indemnización de cerca de 21.000 euros.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Zaragoza concluyó que no había pruebas de que el policía local retorciera el brazo y lesionara a la conductora a la que intentaba multar por aparcar mal en la plaza de España de Mallén, en abril de 2018. Según el fallo, el agente sacó la libreta para sancionar un vehículo, momento en que la dueña llegó y, al ver la situación, comenzó a gritar y a hacer aspavientos. Luego se negó a entregar la documentación al agente, al que insultó, y se montó en su coche alegando que tenía que ir a trabajar. Para la Audiencia, en el juicio no quedó acreditado, dadas las versiones contradictorias de las partes, que el policía metiera medio cuerpo en el vehículo y le quitara las llaves del contacto con la finalidad de que la conductora no se fuera. Tampoco que le agarrara la muñeca izquierda y se la retorciera.

El tribunal se inclinó por la declaración de tres testigos (dos vecinas y un compañero del acusado) para concluir que no estaba claro que el policía hubiera causado las lesiones a la mujer. Estas personas dijeron que la conductora estuvo en todo momento muy alterada y que la oyeron decir cuando se iba: «Estos se van a cagar». La denunciante ya no fue a trabajar ese día porque le dolía el brazo. En el centro de salud de Buñuel (Navarra) le detectaron un edema y le recetaron antiinflamatorios. En mayo volvió a urgencias porque le seguía doliendo y las pruebas revelaron una rotura de fibras del cartílago de la que fue operada en abril de 2019.

El fallo absolutorio fue recurrido por la Fiscalía y la acusación particular, pero en sus escritos no pidieron la nulidad de la sentencia, como les recuerda ahora el TSJA para desestimarlos.

Los magistrados de la sala de lo Civil y Penal exponen que en los supuestos en los que se recurre una sentencia absolutoria argumentando, como es el caso, que no se ha valorado bien la prueba, «solo es factible la anulación de la sentencia, algo que ninguna de las dos acusaciones solicitó en sus recursos» «En ningún caso –indica–es posible que el tribunal de apelación revoque la de primera instancia para dictar una nueva condenatoria. Para ello resulta necesario que se pida la anulación. Por todo ello, los desestima y, como pidió el abogado del policía local, José Luis Melguizo, ratifica la absolución de su cliente.

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