Sucesos

Absuelven al joven al que acusaban de una violación en un hotel de San Mateo

La Fiscalía pedía 9 años de prisión, pero la Audiencia cree que la versión de la víctima "no es creíble ni verosímil".

El acusado negó en el juicio que obligará a la denunciante a practicar sexo.
El acusado negó en el juicio que obligará a la denunciante a practicar sexo.
H. A.

El joven que acudió a San Mateo de Gállego a trabajar en el montaje de un parque eólico y acabó detenido en el calabozo del cuartel de la Guardia Civil por una presunta violación acaba de ser absuelto por la Audiencia de Zaragoza. La denunciante, una mujer a la que conoció en un bar de la localidad, aseguró ante el tribunal que José Miguel M. A. la obligó a desnudarse y mantener relaciones sexuales en la habitación de un hotel. El supuesto agresor, de 32 años, lo negó y manifestó que ambos pactaron acostarse juntos.

Lo único que reconoció el encausado es ser algo "brusco" a la hora de practicar sexo. Y eso es lo que ahora viene a reconocer en su sentencia la Sección Tercera, que exonera al joven por considerar que el relato de la mujer "no es creíble ni verosímil". O cuando menos, que carece de la consistencia necesaria para acreditar la agresión sexual e imponer al joven las penas de 9 y 10 años de prisión que respectivamente solicitaban la Fiscalía y la acusación particular. De hecho, lo que hacen los magistrados es decantarse por los postulados de la defensa, ejercida por el letrado Julián Guillén.

Los hechos que dieron lugar a esta causa se remontan al 11 de mayo de 2020, cuando el joven y varios compañeros de trabajo acudieron al pub Brutal a tomar algo. Allí conocieron a la denunciante, de 35 años, y a una prima de esta, con las que el grupo terminó compartiendo tragos. Según el fallo de la Audiencia, la segunda mujer se fue con uno de los hombres y la otra se quedó a solas con el acusado "en actitud cariñosa y de buen ‘feeling’". Y ambos terminaron después en la habitación del hotel donde estaba hospedado el investigado y donde permanecieron juntos durante poco más de 15 minutos.

La denunciante manifestó en el juicio que subió con la única intención de esperar a su prima, pero no para practicar sexo. Sin embargo, los magistrados consideran poco consistentes sus explicaciones y llegan a la conclusión de que ambos habían decidido acostarse de mutuo acuerdo, lo que no quita que ella finalmente se arrepintiera.

"La brusquedad y zafiedad del acusado, ajeno a cualquier tacto, causaron malestar en la mujer", dicen los jueces, que recuerdan que el joven llegó a causar una equimosis a su acompañante al morderle un pecho. Sin embargo, dicen en su sentencia, ello no implica la comisión de un delito contra la libertad sexual. Porque basándose en las pruebas, consideran que la relación fue inicialmente consentida y concluyó cuando la mujer quiso que terminara.

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