zaragoza

Un hombre grabado en plena agresión sexual en Zaragoza logra que le rebajen la pena de 12 a 6 años

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón no pone en duda la autenticidad de la grabación, pero entiende que no se tuvieron en cuenta "hechos trascendentes para la resolución del caso".

El acusado, escoltado por dos policías, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, escoltado por dos policías, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha vuelto a echar por tierra una condena por agresión sexual. Y van unas cuantas a lo largo de los últimos años. A diferencia de otras veces, la sala de lo Civil y Penal no ha optado por la absolución, pero la rebaja de la pena ha sido significativa: de 12 a 6 años de prisión. Para la defensa, se trata de un paso importante, pero no el definitivo, ya que está convencida de la inocencia del encausado y ya ha anunciado su intención de seguir peleando ante el Tribunal Supremo.

La sentencia que acaba de revisar el TSJA se dictó el pasado 3 de noviembre, fecha en que la Audiencia de Zaragoza condenó a S. C. H. N. por agredir sexualmente a su hijastra, de 20 años. Según declaró en el juicio la joven, estaba harta de que este hombre abusara de ella cuando era menor. Por lo que, el 3 de diciembre de 2020, cuando se quedaron solos en casa y le vio dispuesto a volver a hacerlo, utilizó su teléfono móvil para grabarlo todo.

Y lo cierto es que aquella resultó ser una prueba de cargo de enorme valor para el tribunal, porque si bien se trata de un archivo de audio, permite identificar perfectamente tanto a la víctima como al agresor. Además, en la grabación se escucha perfectamente como la joven ruega a su padrastro que la deje: «Por favor, suéltame», «vete de aquí», «déjame», «respétame»... Sin embargo, tras un forcejeo, el hombre terminó abusando de la chica e incluso le introdujo supuestamente un dedo en la vagina.

No conforme con la calificación de los hechos y mucho menos con la pena de 12 años impuesta a su cliente, el letrado Armando Martínez Pérez recurrió el fallo. Los motivos alegados fueron tres, pero hubo algo que sorprendió especialmente al abogado: que la Audiencia Provincial omitiera en su sentencia la exploración médica que se hizo a la denunciante, así como el informe de ADN que, a su entender, exculparía al procesado.

Se ignoró el informe forense

A la hora de pronunciarse sobre el recurso, el TSJA deja claro que no alberga «duda alguna» sobre la autenticidad de la grabación con la que la joven apuntaló su denuncia. Recuerdan los magistrados que si los hechos se produjeron a las nueve de la mañana, la víctima acudió a comisaría solo dos horas más tarde, lo que, remarcan, «descarta cualquier posibilidad de manipulación».

Sin embargo, el tribunal coincide con la defensa en que, al omitir el informe de ADN y la exploración médica a la víctima, la Audiencia de Zaragoza no tuvo en cuenta «hechos trascendentes para la resolución del caso». Sobre todo, porque la médico forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón decía que del reconocimiento de la joven en el Hospital Miguel Servet no podía concluirse que hubiera sufrido una agresión física o una agresión sexual con introducción de dedos. Por otro lado, tampoco las pruebas de ADN permitieron identificar el perfil genético del acusado.

Por todo ello, si bien mantiene la condena por agresión sexual, el TSJA entiende que está obligado a revisar el castigo a la baja. El hombre sigue en prisión provisional a la espera del recurso ante el Supremo.

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