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Absuelto el líder de CHA acusado de injurias por un diputado de Vox

La juez entiende que le ampara la libertad de expresión y que los políticos deben ser especialmente "resistentes" o incluso "inmunes" a las críticas. 

David Arranz.
David Arranz.
José Miguel Marco

César Ceresuela, líder de CHAen la comarca de la Hoya de Huesca, ha sido absuelto del delito de calumnias que le atribuía el diputado de Vox en las Cortes de Aragón David Arranz. Este lo denunció por colgar en Facebook un meme, cuya autoría se desconoce, que figuraba ser la supuesta revista ‘ser fascista hoy” con su foto, vestido con uniforme de las SS, tirantes de la bandera española y las siglas de Vox.

La juez absuelve a Ceresuela porque si bien entiende que el meme pudo molestar a Arranz, es "obvio" que se trataba de un montaje "al estilo de una caricatura" y no merece un reproche penal al "no ser grave" por las circunstancias de los implicados, de partidos de ideologías distintas. 

La magistrada recuerda en la sentencia que el montaje se difundió en un contexto previo de publicaciones de Arranz, "en el ejercicio de su libertad de expresión", que el propio diputado tildó de desafortunadas. Se refiere a unas manifestaciones del diputado que afirmaban: “da gusto ver a la juventud patriota haciendo deporte… Autodefensa!! Se acabó la paciencia.” La publicación, al parecer, acompañaba de un video en que se veía a un hombre agrediendo a otro. El diputado la retiró, como reconoció ante la juez y la calificó de "desafortunada". 

Por ese motivo, recoge la juez en su fallo que el meme se difundió tras estas publicaciones que habían originado un cierto revuelo mediático. "Se trata de una persona que, en el momento en que las realiza, tiene un cargo con dimensión pública pues no sólo es Diputado sino también portavoz de una formación política. De hecho, durante la vista oral se puso de relieve que la difusión le costó el puesto como portavoz, aunque Arranz lo negó y lo relacionó con su sustitución por Santiago Morón, médico de profesión, más adecuado para transmitir mensajes durante la pandemia de coronavirus.  

Asegura la juez que la libertad de expresión ampara no sólo críticas inofensivas o indiferentes, "sino otras que puedan molestar, inquietar o disgustar", especialmente a políticos, pues estos deben ser "especialmente resistentes" o "inmunes".

La juez cita una sentencia que declara que "cuando las libertades de expresión e información operan como instrumentos de los derechos de participación política debe reconocérsele, si cabe, una mayor amplitud que cuando actúan en otros contextos, ya que el bien jurídico fundamental por ellas tutelado, que es también aquí el de la formación de la opinión pública libre, adquiere un relieve muy particular en esta circunstancia haciéndoles especialmente resistentes, inmunes a las restricciones que es claro que en otro contexto habrían de operar. De modo que en estos casos quedan amparadas por las libertades de expresión e información no sólo críticas inofensivas o indiferentes, sino otras que puedan molestar, inquietar o disgustar".

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