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La comarca de Cariñena votará la destitución del presidente el día 14 de marzo tras lograr el aval judicial

Ansón y el exsecretario bloquearon la moción registrada en julio por 11 de los 19 consejeros del PSOE, PP, CHA, Cs y PAR.

José Luis Ansón en un momento del pleno de la comarca del Campo de Cariñena celebrado este viernes
José Luis Ansón en un momento del pleno de la comarca del Campo de Cariñena celebrado recientemente
Jorge Zorraquín

La destitución del presidente de la comarca Campo de Cariñena y alcalde de Tosos, José Luis Ansón, ya tiene fecha y se votará el próximo 14 de marzo, casi ocho meses después de que se registrara la moción de censura respaldada por once de los diecinueve consejeros del PSOE, PP, CHA, Ciudadanos y PAR.

Las maniobras de Ansón, expulsado del PSOE, y del exsecretario comarcal, Néstor Pétriz, para bloquear el pleno extraordinario con el argumento de que no contaba con una mayoría reforzada se han topado con la Justicia, que ha dado la razón a los representantes de los cinco partidos que recurrieron la negativa a convocar la sesión.

Con la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zaragoza, comunicada el pasado martes, el nuevo secretario, Ismael Anía, resolvió ayer por la tarde la convocatoria del pleno al "concurrir el requisito de la mayoría absoluta". De hecho, incide en que los proponentes tienen un ‘colchón’ de un voto.

El sucesor de Ansón será Lucio Cucalón, socialista que ya estuvo al frente de la institución en dos mandatos, de 2007 a 2015, y cuyos gastos de protocolo en esa época puso en cuestión la semana pasada el también consejero comarcal y alcalde de Aguarón, Juan Carlos Bernal, en un pleno municipal que acabó en pelea multitudinaria. Bernal es uno de los cuatro representantes del PP que junto a Ansón y otros tres del PSOE no firmaron la moción de censura para poner fin a dos años y medio de "deterioro político, desgobierno comarcal y falta de un proyecto viable y de futuro", a juicio de la mayoría de los consejeros.

La excusa para impedir la moción de censura era que la Ley Electoral requiere una mayoría reforzada cuando alguno de los proponentes de la moción de censura formara o haya formado parte del grupo político al que pertenece el presidente. Los once proponentes tuvieron que acudir al juzgado pese a que en su petición dejaron constancia de que Ansón ya no pertenecía e a ningún grupo político tras su expulsión del PSOE y, por tanto, "no es necesario un incremento del número de consejeros que deba suscribir la moción".

La sentencia, con el respaldo de la Fiscalía, recoge precisamente este argumento para considerar que el bloqueo de la moción "vulnera el derecho fundamental a la participación política". Y sobre la postura de Ansón de si su expulsión del PSOE no se ajustó a Derecho, el juzgado señala que se comunicó "de forma fehaciente" a la comarca y no puede entrar a valorarlo por no corresponderle enjuiciarlo.

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