zaragoza

Un jubilado de Montañana percibe el complemento de maternidad con carácter retroactivo sin tener que ir a juicio

La Seguridad Social y la Tesorería General conceden a Rafael Fernando García, con dos hijos, el 5% del complemento; lo llevaba solicitando desde diciembre de 2020.

El jubilado Rafael Fernando García, de Montañana.
El jubilado Rafael Fernando García, de Montañana.
R. F.

Después de estar luchando desde diciembre de 2020 para poder percibir el complemento de maternidad, el jubilado Rafael Fernando García, de 63 años y de Montañana, acaba de conocer que la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social se lo han concedido con carácter retroactivo de tres meses.

"Para mi sorpresa, recibo el 10 de febrero una carta certificada (con fecha de salida del registro del INSS del 3/02/2022). Es la resolución de la Dirección Provincial que ha resuelto reconocer en mi pensión el complemento de maternidad con efectividad desde la fecha de mi jubilación y con el incremento del 5% que corresponde a tener dos hijos; y revocando la resolución por la que denegaban el complemento. Además, sin tener que ir a juicio", ha informado este martes.

Este jubilado tenía pendiente un juicio para el próximo 5 de mayo tras la demanda presentada ante el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza (el 10 de marzo de 2021) contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General después de que le denegaran su solicitud hasta en tres ocasiones, tal y como él mismo ha explicado. 

"En la carta se me dice que si estoy conforme con el reconocimiento y los términos debo desistir de la demanda. Como estoy de acuerdo escribo una nota para el juez solicitando el desistimiento de la demanda y se la envio a mi letrado, Eduardo Cremades, para que la tramite. Me puse en contacto con el Colegio de Abogados de Zaragoza y me informaron de que me correspondía un abogado de oficio. Y con fecha del pasado 15 de febrero, el Juzgado de lo Social nº 2 da por desistido a la parte actoral de la demanda", ha detallado.

Su caso arranca el 3 de diciembre de 2020, cuando presentó su primera solicitud tras jubilarse el 23 de octubre de ese mismo año. Tras serle denegada (el 19 de enero de 2021), volvió a pedir sin éxito el complemento de maternidad en otras dos ocasiones. "El único recurso que te queda ya es llevarlo a juicio. Durante todo ese tiempo ha habido diferentes sentencias en España a favor de los demandantes, que han conseguido que fueran con carácter retroactivo. Todas ellas se las pasaba a mi abogado para que viera que había fallos que podían servir para luchar en mi juicio. Cumplía todos los requisitos para pedirlo aun siendo hombre, que es lo que dice el artículo 14 de la Constitución: que todos somos iguales ante la ley", ha afirmado.

La resolución favorable a Rafael Fernando García coincide con la noticia conocida hace unos días de que el Tribunal Supremo ha reconocido la retroactividad del complemento de maternidad en las pensiones contributivas a los varones que estén en la misma situación que las mujeres, en una sentencia que se hará pública en los próximos días y cuyo contenido adelantó en una nota.

Lo que dice el Supremo

El pasado 16 de febrero el pleno de la sala cuarta resolvió el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres. En su nota, el Supremo recuerda que la ley general de la Seguridad Social de 2015 reconoció un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos. Y, posteriormente, en diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que el Derecho de la Unión se opone a una norma que reconoce el derecho al complemento a las mujeres en las condiciones previstas en dicho precepto, mientras que lo niega a los hombres que se encuentren en idéntica situación.

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