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La Audiencia de Zaragoza ve incompleta la investigación de la presunta violación a una menor en el Pilar

La Fiscalía pedía 12 años de cárcel para el acusado, pero el tribunal decide absolverlo por "vacío probatorio".

El acusado, Gerardo B., durante el juicio celebrado este martes en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, Gerardo B., durante el juicio celebrado este martes en la Audiencia de Zaragoza.
HA

La Audiencia de Zaragoza se ha visto obligada a aplicar el principio de in dubio pro reo y absolver a Gerardo B. S., el joven para el que la Fiscalía llegó a pedir una condena de 12 años de prisión por la violación de una chica de 16 años durante las Fiestas del Pilar de 2019. Durante el juicio, la denunciante identificó sin ningún género de dudas al acusado como la persona que en la madrugada del 13 de octubre la llamó «puta gorda, bola de grasa» para tirarla después al suelo e introducirle los dedos en la vagina por encima de los ‘leggins’. Y si bien el tribunal considera probados los insultos y vejaciones, detecta un «vacío probatorio» que le impide castigar al procesado por la agresión sexual.

La defensa, a cargo del abogado Javier Alcober, entendía que no se podía imponer una pena tan severa a alguien con el testimonio de la presunta víctima como única prueba de peso. Al dictar su sentencia, de la que ha sido ponente Francisco Picazo, los magistrados de la Sección Sexta llegan a una conclusión parecida y remarcan las «relevantes omisiones» que se produjeron durante la fase de instrucción del caso. A modo de ejemplo, la sala recuerda que se practicó un frotis bucal al sospechoso para obtener su ADN, pero no se analizaron después los pantalones elásticos que llevaba puestos la denunciante para cotejar los posibles hallazgos. De hecho, insiste, ni siquiera se aportó a la causa esta prenda como prueba de convicción.

No se identificó a un amigo

Pero hay más, porque la Audiencia tampoco entiende por qué no se identificó y llamó a declarar al amigo que acompañaba a la denunciante cuando presuntamente se produjeron los hechos, en el aparcamiento del Espacio Zity del recinto ferial de Valdespartera. De coincidir con la de la víctima, su versión hubiera servido para contradecir a la de los amigos del acusado, que sí comparecieron ante el tribunal y negaron de forma categórica la presunta violación.

El tribunal recuerda en su sentencia que los delitos de naturaleza sexual entrañan muchas veces una «difícil probanza», de ahí que para este el principio de inmediación resulte una «piedra angular» en la fase de juicio. Por ello, los magistrados tampoco han pasado por alto que, cuando fue examinada en el Hospital Miguel Servet, justo después de denunciar la agresión sexual, la menor relató que fueron dos y no uno sus agresores. «El alto introdujo sus dedos a través del ‘leggins’... posteriormente el segundo sujeto realizó la misma acción». Y, para el tribunal, esto resulta contradictorio con las explicaciones que dio en el juicio, cuando aseguró que el segundo joven se limitó a sujetarla, pero «no hizo nada más».

La chica solo tenía 16 años en 2019, por lo que fue también examinada por los psicólogos del Instituto de Medicina Legal de Aragón para valorar su credibilidad. En su informe, los especialistas concluyeron que la presunta víctima presentaba un de estrés postraumático y un trastorno de adaptación. «Y aunque los indicadores utilizados apuntaban a la credibilidad del testimonio, esta no es total», recuerda el fallo.

Por todo estos motivos, los magistrados no pueden llegar a la convicción de que los hechos se produjeran tal y como los relató de denunciante, lo que obligatoriamente impone una sentencia absolutoria. La Fiscalía todavía puede recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia.

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