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Condenado a cuatro años y tres meses de cárcel por un robo con violencia de 1 euro

El acusado entró en un bar de la calle de Miguel de Ara de Zaragoza y abofeteó y amenazó con una botella a la empleada para que le entregara un euro.

Tránsito de peatones y coches en la calle Miguel de Ara
Tránsito de peatones y coches en la calle Miguel de Ara
S. M.

No es la cantidad, sino cómo se obtiene. El Código Penal castiga no solo el resultado de un acto delictivo, sino el método utilizado para lograr el propósito que persigue el delincuente. En este caso, paradójicamente, se dan las dos circunstancias: utilizó la violencia y la intimidación con un instrumento peligroso para conseguir un exiguo botín de un euro. Por todas estas razones, Agustín S. J. ha sido condenado a cuatro años y tres meses de prisión.

Esta persona, de 31 años y con antecedentes penales, el 22 de febrero de 2020, a las 11.00, entró en un bar de la calle de Miguel de Ara y, con un botellín de cerveza en la mano se dirigió a la camarera y le exigió que le entregara un euro. La mujer se negó y Agustín S. J. se dirigió entonces a un cliente con las mismas pretensiones.

La empleada se interpuso entre ambos y, sin soltar el botellín, le dijo: "Te voy a rajar esa cara tan bonita que tienes, me cago en tus muertos hija de puta, dame un euro y me voy, me da igual que llames a la policía, que te voy a rajar la cara, dame el euro".

Tras repetir estas expresiones varias veces, le dio un bofetón en la cara y, al interponerse en ese momento el cliente, la mujer le dio el euro para que se marchara. Antes de salir le dijo: "Llama a la Policía si quieres, me da igual ir detenido, bueno, no la llames, que, si la llamas te vas a enterar, ya sabes lo que hay, cómete mis mierdas".

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Zaragoza da por probados los hechos anteriormente relatados y considera que, aunque el acusado los negó durante el juicio, los testimonios sólidos de la víctima y el testigo desvirtúan su presunción de inocencia.

Para la magistrada, como mantuvo el abogado de la acusación particular, Cristian Monclús, el acusado se valió de la violencia y la intimidación (abofeteó, zarandeó a la denunciante al tiempo que profería amenazas de rajarle la cara sin dejar de portar una botella en la mano) para conseguir su propósito. Todos estos elementos constituyen un delito de robo con violencia con uso de instrumento peligroso que, además, se llevó a cabo en un establecimiento público.

La pena mínima a imponer cuando concurren las mencionadas circunstancias es la de cuatro años y tres meses de prisión, que es la que ha acordado la juez. Además, le prohíbe acercarse a la denunciante, tanto a su domicilio como al lugar de trabajo o donde se encuentre, por un periodo de cuatro años y nueve meses.

Igualmente, la sentencia recoge que Agustín S. J. es autor de un delito de maltrato y le impone un mes de multa con una cuota diaria de cinco euros. En cuanto a la indemnización a la víctima, la juez le obliga a recompensarle con ese euro que le robó, más los intereses legales generados desde entonces y las costas, incluidas las de la acusación particular. 

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