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El joven que dejó tuerto a otro en la Casa del Loco evita la cárcel pero pagará 170.286 €

El acusado se enfrentaba a una condena de 12 años de prisión, pero las grabaciones de la popular sala de fiestas de Zaragoza han hecho que la Audiencia Provincial aprecie legítima defensa incompleta.

El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

Cuatro meses ha tardado la Audiencia Provincial  en pronunciarse sobre la agresión que se produjo el 3 de febrero de 2019 en la discoteca La Casa del Loco y que dejó tuerto e incapacitado para muchas de sus actividades habituales a un zaragozano de 35 años. La complejidad de la causa y las desafortunadas circunstancias que provocaron el suceso parecen justificar la tardanza, máxime cuando el acusado, Aarón Ernesto B. F., de 25 años, se enfrentaba a una condena que podía marcar también su vida: 12 años de prisión. Y aunque puede que ninguna de las partes quede completamente satisfecha con el resultado, la Sección Sexta parece haber hilvanado un fallo salomónico. De hecho, a priori, todo apunta a que nadie va a recurrirlo.

El agresor ha sido condenado a dos años de prisión, por lo que al no arrastrar antecedentes penales podrá optar a la suspensión de la pena y no pisar la cárcel de Zuera. Pero el violento golpe que asestó con un vaso de cristal en la cara a la víctima, Jesús A. Z., no le va a salir gratis, ya que tendrá que hacer frente a una cuantiosa indemnización y hacerse cargo de los gastos médicos. En total, 170.286 euros, a los que habrá de sumar además    las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular, a cargo del letrado Santiago Palazón.

En cualquier caso, la defensa puede considerarse también satisfecha del resultado del caso. El abogado Rafael Ariza se esforzó en hacer ver a los magistrados que su cliente había actuado en legítima defensa. Y así lo ha apreciado ahora la Sala, que reprocha, eso sí, al acusado el «inadmisible exceso» de su agresión. «Tanto por el medio empleado como por la zona sobre la que recayó el golpe», apunta. De ahí que la eximente sea incompleta.

La Fiscalía pedía una condena de ocho años de prisión, cuatro menos que la acusación particular. Pero la Audiencia Provincial ha rebajado en dos grados la pena y la ha fijado en dos. Prohibe también al encausado acercarse o comunicarse con el denunciante durante cinco años.

Un "casual encontronazo"

A la hora de establecer los hechos probados, el tribunal parte de una    primera premisa:la agresión fue consecuencia de un «casual encontronazo». Porque el acusado y la víctima ni se conocían ni habían tenido ninguna discusión previa. Simplemente, chocaron en la pista del baile del establecimiento cuando uno salía y el otro se marchaba.

Que la sala de fiestas contara con un circuito de cámaras de seguridad ha sido determinante a la hora de aclarar lo sucedido. El visionado de las imágenes sirvió en su momento a la defensa para lograr la puesta en libertad del investigado cuando llevaba solo seis días en prisión provisional. Y la grabación ha permitido ahora al tribunal depurar responsabilidades. Porque si bien la peor parte se la llevó la víctima, los magistrados reconocen que fue esta quien retrocedió sobre sus pasos y se encaró con el acusado, agarrándolo del cuello.

«Esta actuación fue fulminante, sorpresiva y constituyente de una agresión ilegítima hacia el encausado», dice la sentencia. «Un empujón fortuito, por fuerte que sea, lo más que tiene que provocar es una petición de explicaciones o una recriminación verbal, más no agarrar al contrario por el cuello y arrastrarlo por la pista», añade.

Por desgracia, aquel casual encontronazo ha supuesto un antes y un después en la vida de Jesús A. Z. El estallido del ojo derecho le ha llevado varias veces al quirófano, siendo previsible que tenga que volver a someterse a más operaciones en el futuro. Las secuelas físicas y psicológicas son importantísimas y condicionan sobremanera su día a día. Era un joven deportista y tenía un prometedor futuro en su carrera como árbitro de fútbol, algo a lo que se ha visto obligado a renunciar. Son estas las razones que han llevado al tribunal a imponer al acusado una indemnización mayor que la que proponía la Fiscalía y más próxima a la solicitada por la acusación particular.

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