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Absuelven a la cuidadora acusada de dejar "sin un duro" a un joyero con alzhéimer de Zaragoza

La familia del jubilado pedía 8 años de cárcel para la mujer y la devolución de los ahorros del jubilado, que cifraba en 237.000 euros.

La acusada, con mascarilla blanca, junto a su abogada, Olga Oseira.
La acusada, con mascarilla blanca, junto a su abogada, Olga Oseira.
Oliver Duch

La mujer acusada de apropiarse de los ahorros del joyero y relojero jubilado al que estuvo cuidando durante tres años hasta dejarlo “sin un duro” no pasará ni un solo día en prisión ni tendrá que abonar los 237.000 euros que reclamaba la familia del hombre, ingresado en una residencia geriátrica tras reconocerle un juez la incapacidad absoluta. La Audiencia de Zaragoza entiende que no hay pruebas que acrediten que María R. R. se aprovechara del alzhéimer que de forma progresiva fue desarrollando el pensionista para limpiar sus cuentas, razón por la que acaba de dictar una sentencia en la que le absuelve de los delitos de estafa y apropiación indebida agravados por los que le acusaban la Fiscalía y el hijo del comerciante y por los que pedían una condena de entre 5 y 8 años de prisión.

Los hechos enjuiciados se remontan a finales de septiembre de 2015, cuando las circunstancias obligaron al joyero zaragozano a contratar a la acusada para que se hiciera cargo tanto de su cuidado como de las tareas domésticas. De hecho, la mujer pasó a trabajar en calidad de interina y se fue a vivir con su hijo a casa de este hombre.

El fallo de la Sección Sexta, del que ha sido ponente el magistrado Carlos Lasala, recuerda que el jubilado se había quedado viudo hace bastantes años y no mantenía relaciones con su único hijo, ni con su hermano o sobrinos. Esta situación y el “deterioro cognitivo leve” que le fue diagnosticado por los médicos del Hospital Miguel Servet parece que fueron las razones que llevaron al jubilado a buscar a una persona que lo ayudara en el día a día.

Como reconoce la sentencia, por aquellas fechas, el hombre tenía una “saneada y solvente” situación económica. Cobraba una pensión mensual de casi 1.300 euros, contaba con ahorros y tenía también dinero en fondos y acciones. Sin embargo, cuando el estado mental de anciano se agravó y su hijo tuvo que hacerse cargo de él en 2018, no solo se había evaporado todo este remanente, sino que había deudas pendientes. Hasta 2.000 euros dijo en el juicio que abonar.

Para la Fiscalía y la acusación particular, a cargo del letrado Adolfo José Cortés, la acusada se fue ganando poco a poco la confianza del joyero para quedarse con su dinero. La mujer lo negó de forma tajante en el juicio, donde explicó que su este hombre no le pagaba un sueldo al uso, sino que que daba un techo y “dinero para vivir”. Lo que sí reconoció es que la confianza entre ella y antiguo relojero se fue estrechando hasta calificar su relación como de “pareja”, manteniendo también relaciones sexuales.

El anciano está incapacitado y no pudo declarar

El tribunal no pudo escuchar la versión del principal testigo, el hombre que contrató a la encausada, ya que sus actuales capacidades cognitivas se lo impiden. De ahí que haya tenido que pronunciarse basándose en el resto de pruebas. Y tras analizarlas, tal y como pedía la defensa, a cargo de la abogada Olga Oseira, dice que “no queda otra alternativa que decretar la libre absolución de la acusada”. Y lo hace, principalmente por dos motivos. El primero, consta acreditado que fue el ahora demenciado quien, cuando todavía era dueño de sus actos, extrajo 150.000 euros de su cuenta de fondos y los transfirió a sus cuentas corrientes. Y segundo, porque el hecho de que la mayor parte de este dinero se extrajera después a través de cajeros automáticos impide identificar a la persona que lo hizo.

“Por lo tanto -dice el tribunal-, planea sobre el caso que nos ocupa una duda razonable tanto sobre la libertad interna para decidir sobre esos dispendios por parte del hombre como saber la existencia de engaño o no engaño en las extracciones dinerarias que pudo haber realizado la acusada entre el 4-1-2016 y el 4-12-2017 usando las tarjetas bancarias y las claves del titular”.

Durante la vista, María R. R. aseguró que, al principio, ella solía acompañar al jubilado al banco. Y cuando empeoró el estado de salud de este, dijo, como le había facilitado las claves, ella misma hacía las retiradas de efectivo para entregarle después tanto la tarjeta como los billetes.

La Audiencia no oculta que se plantean “sospecha” sobre la actuación de la acusada, “pero que no cuajan por la lenta evolución del alzhéimer -del anciano- y por la existencia de una relación de especial afectividad de este con la acusada con la que mantenía relaciones sexuales”. Para la Sala, “no puede admitirse tampoco que la acusada cometiese el delito de apropiación indebida agravada, pues caso de haber usado la tarjeta bancaria y el número de clave sin el permiso del titular para sacar dinero a sus espaldas, ello constituiría un delito de robo con fuerza en las cosas”. Apunta. Recuerda que nadie acusó a la mujer por este delito y que, en cualquier caso, también habría que aplicar el ‘in dubio pro reo’.

Contra la sentencia cabe todavía recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

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