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Los tres jóvenes acusados de dar una paliza a una pareja junto a la Supernova no pisarán la cárcel

Según la juez, varias grabaciones prueban que las lesiones más graves las causaron otras tres personas no identificadas.

Los hechos se produjeron a las puertas de la discoteca Supernova.
Los hechos se produjeron a las puertas de la discoteca Supernova.
M. Tragacete | FRANCISCO JIMENEZ PHOTOGRAPHY

Los tres jóvenes acusados de dar una paliza y dejar inconsciente a una pareja cuando salía del cotillón de Reyes de la discoteca Supernova de Zaragoza no pisarán la cárcel. La Fiscalía y la acusación particular pedían para ellos penas de prisión de entre dos años y medio y cuatro al atribuirles delitos de robo con fuerza y lesiones. Y lo hacían apoyándose en las grabaciones de varias cámaras de seguridad, que recogieron con bastante detalle el momento del ataque. Sin embargo, son esas mismas imágenes las que han llevado ahora a la juez a concluir que fueron seis y no tres los agresores y que las lesiones más graves las habrían causado, precisamente, los no identificados. De ahí que al encausado Guillermo Miguel M.R. le imponga una condena de seis meses de prisión y multas, y a los otros dos investigados, Alejandro R. G. y David G. P., solo multas.

El suceso ocurrió la madrugada del 6 de enero de 2018. Aquella noche, los denunciantes y los acusados tuvieron un desencuentro en el interior del establecimiento, por lo que los primeros solicitaron al personal de seguridad que interviniera. La situación derivó en la expulsión de los encartados, que tras su salida del local se quedaron en la plaza que rodea la discoteca.

Fue a la salida de la pareja del local cuando los dos grupos se encontraron y ocurrieron los hechos juzgados, si bien el tribunal entiende que en la refriega participaron tres personas más, aparte de las encausadas. Y que, lejos de ser los causantes de las principales heridas, los investigados propinaron golpes de menor entidad, tal como recogió el circuito de seguridad y reconocieron en fase de instrucción.

El núcleo fundamental de la paliza lo protagonizaron los tres jóvenes que ni entonces ni ahora han sido identificados. Los condenados, recoge el fallo, habrían aprovechado la coyuntura para hacerse con una jugosa cantidad en efectivo que llevaban las víctimas, así como un abrigo de marca. Es por eso que la juez no aprecia un delito de robo con violencia, sino de hurto.

Sin atenuantes

Ninguna de las atenuantes solicitadas por la defensa ha sido aceptada. La sentencia descarta un eventual «arrebato u obcecación» debido al tiempo transcurrido entre los incidentes dentro y fuera de la discoteca. La juez tampoco aprecia una intoxicación etílica que pudiese evitar la imputabilidad. De hecho, las imágenes demuestran cierto estado de embriaguez entre los denunciantes y no entre los acusados. La juez tampoco ve legítima defensa, ya que fueron los tres encartados quienes «se encararon».

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