La empresa del parquin de Salamero reclama al Ayuntamiento una indemnización de un millón

Indigo exige compensar una pérdida de clientes del 59% y varios gastos en obras de emergencia. El Consistorio rechaza la solicitud tras el informe técnico que achacó el suceso a un fallo constructivo.

Mientras las máquinas trabajan a buen ritmo en la reconstrucción de la cubierta del parquin subterráneo de la plaza de Salamero, la concesionaria de la instalación y el Ayuntamiento de Zaragoza juegan una partida paralela no menos importante y en la que la empresa ya ha movido ficha. Indigo ha solicitado una indemnización de 1.078.607 euros a la ciudad en concepto de responsabilidad patrimonial por los gastos asumidos en obras de urgencia tras el hundimiento de la losa y, sobre todo, por una caída de la facturación del 59% tras el cierre de parte de la instalación. Una solicitud que el Consistorio acaba de rechazar.

La disputa se centra en varios aspectos, pero el principal es la causa del hundimiento registrado en el parquin en enero del año pasado, que lo ha inutilizado parcialmente desde entonces y ha obligado a intervenir de urgencia. La empresa alega que la instalación no presentaba ningún defecto constructivo o de conservación cuando se produjo el siniestro, que en cambio vinculan a un posible sobrepeso de la plaza sobre la estructura, por tanto, ajeno a su responsabilidad.

En concreto, Indigo asegura que la cubierta soportaba una carga cuatro veces superior a lo previsto en el proyecto original, en parte, considera la empresa, por el agua acumulada en los parterres de Salamero tras varias jornadas de lluvia en la capital aragonesa. Y lo hace de acuerdo a un informe técnico (de la firma Ensaya) solicitado y aportado por la concesionaria, que recuerda que una de las medidas que tomó el Consistorio tras el suceso fue vaciar la plaza.

Esta tesis, sin embargo, choca no solo con los primeros análisis que hicieron los técnicos municipales en el parquin, sino con las conclusiones de una auditoría externa encargada al Instituto Técnico de Materiales y Construcciones (Intemac), que aprecian un "defecto de ejecución generalizado". Según este estudio, en la construcción del parquin se hizo una "ineficaz" colocación del punzonamiento de la losa, y se descarta que un posible sobrepeso de la plaza sea el causante del suceso.

Estimación de los usos

El origen del derrumbe no es la única discrepancia. Para justificar la reclamación patrimonial, la empresa no solo aporta los gastos de obras de emergencia que ha tenido que acometer, valorados en 124.275 euros. También pide una compensación por la pérdida de clientes, que cuantifica en una caída del 59% de la facturación, por el cierre parcial de las instalaciones. De esta forma, el importe final se eleva a más de un millón de euros.

En este sentido, el Ayuntamiento se apoya en el informe pericial elaborado por la aseguradora municipal (Mapfre) que, según resume el expediente del departamento de Contratación y Patrimonio que ha rechazado la reclamación, "la cuantificación del daño da por supuesto un lucro cesante que no se acredita y maneja meros sueños de ganancia que no se sustentan". De hecho, apunta que "pretende obviar hechos notorios como el fatal efecto de la covid-19 en la movilidad y uso de los estacionamientos públicos".

Finalmente, Indigo critica la "actitud pasiva" del Ayuntamiento a la hora de resolver la situación, lo que, a su juicio, ha prolongado y multiplicado sus pérdidas. De hecho, este es uno de los argumentos que esgrimió la empresa en su intento de paralizar cautelarmente en los tribunales el desmontaje de la losa. El recurso fue desestimado por el juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Zaragoza.

Respecto a esta cuestión, el Ayuntamiento defiende que ha mantenido "constantes" reuniones con la empresa y que ni ha ocultado información ni ha demorado la ejecución de medidas.

Por todo ello, el Consistorio procede a desestimar la reclamación patrimonial. "No existe relación de causalidad entre los perjuicios sufridos por Indigo y la actividad municipal, pues ni el Ayuntamiento ejecutó la obra de construcción del aparcamiento, ni la actuación urbanizadora de la plaza puede considerarse inadecuada, ni las medidas de seguridad adoptadas resultan improcedentes", concluye el informe.

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