covid-19

Primer fin de semana de Zaragoza desconfinada: estas son las restricciones

Desde el pasado viernes 19 de febrero, la capital aragonesa queda desconfinada perimetralmente; el resto de las medidas sanitarias derivadas del coronavirus siguen vigentes.

Terraza en la plaza del Pilar Zaragoza
Terraza en la plaza del Pilar Zaragoza
Oliver Duch

La mejoría en los datos en cuanto a la incidencia acumulada de la covid-19 en Zaragoza, por debajo de 250 casos a siete días y de 500 a catorce días, ha llevó al Gobierno de Aragón a desconfinar perimetralmente la capital aragonesa desde el pasado viernes 19 de febrero. Además, la consejera de Sanidad, Sira Repollés, anunció que desde la misma fecha quedaba desconfinada la ciudad de Calatayud al bajar su incidencia también en los últimos días. 

Sin embargo, levantar el desconfinamiento no significa que los ciudadanos deban relajarse, ya que el resto de restricciones continúan intactas al permanecer Aragón en el nivel 3 de alerta agravado (solo la ciudad de Teruel permanece en alerta 3 agravada plus).

Qué se puede hacer y qué no en Zaragoza desde el 19 de febrero

Cabe recordar que las provincias aragoneses continúan confinadas perimetralmente, en un principio hasta el puente de la Cincomarzada incluido, por lo que no se podrá salir ni entrar de ellas sin una declaración responsable -que se puede descargar aquí- y únicamente por alguno de los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Toque de queda en Zaragoza

Desde el 16 de enero el toque de queda se adelantó a las 22.00, por lo que mientras se mantenga nadie podrá salir a la calle en estas ocho horas salvo por por situaciones de necesidad como asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; el retorno al lugar de residencia habitual o familiar; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. También si hay una situación de necesidad o causa de fuerza mayor y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Horarios de las actividades no esenciales en Zaragoza

Se cierran a las 20.00 todas las actividades consideradas no esenciales de lunes a jueves y a las 18.00 los viernes, sábados, domingos y festivos. 

Los espectáculos culturales (cinematográficos, teatrales, musicales o circenses) y deportivos que se inicien antes de la hora de cierre obligatorio pueden concluir después, pero nunca después del toque de queda.

Reuniones sociales en Zaragoza

Se limitan las reuniones a un máximo de cuatro personas, salvo convivientes, tanto en espacios públicos como privados.

Restricciones en bares y restaurantes de Zaragoza

Además de la restricción horaria descrita anteriormente, solo se permite un 50% del aforo máximo en las terrazas y un 30% en interior, se prohíbe el consumo en barra y fumar en las terrazas. Cuatro personas por mesa como máximo y la actividad nocturna está prohibida. En el supuesto de los establecimientos de comida a domicilio, el límite lo marca el toque de queda, teniendo en cuenta que cuando comience todo el personal debe estar en sus domicilios. En los establecimientos en áreas/estaciones de servicio y polígonos industriales el aforo debe ser del 50% en el interior con los horarios habituales.

Medidas en hipermercados, centros comerciales y mercadillos de Zaragoza

Se permite un aforo máximo del 25% y el control debe ser exhaustivo. En los establecimientos de venta de alimentos al 50%. Cierre de zonas recreativas y comunes. Estas últimas son de tránsito, para acceder a los locales comerciales. 

Los mercadillos que realizan su actividad en vía pública, al aire libre o de venta no sedentaria, se procurará especialmente su mantenimiento cuando se dediquen a actividades declaradas esenciales, como la alimentación, siempre y cuando se cumplan todas las medidas de seguridad. Los puestos, que pueden alcanzar el 100% de los habituales o autorizados, deben encontrarse separados frontalmente por una vía de tránsito que marcará el flujo de personas usuarias por el mismo y garantizar que se pueda cumplir la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros entre las personas usuarias. La realización de esta actividad requiere la delimitación por parte del Ayuntamiento, con una zona de entrada y otra de salida claramente diferenciadas y un aforo que no supere el de una persona por cada cinco metros cuadrados.

¿Se puede ir a los huertos?

No se puede ir a ellos si eso supone saltarse el cierre perimetral, salvo que haya animales que alimentar.

Espectáculos culturales en Zaragoza

  • Pueden desarrollar su actividad hasta un 50% de su aforo, contando con butacas preasignadas. Deben iniciarse antes de la hora límite correspondiente al día de la semana (20.00 de lunes a jueves y 18.00 viernes, sábado, domingo y festivos), si bien pueden concluir más tarde de ésta.
  • Las actividades de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, así como recintos al aire libre, y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio pueden tener lugar contando con butacas preasignadas siempre que no se supere el 50% del máximo autorizado. Queda prohibido el consumo de alimentos durante la celebración de estos espectáculos o actividades. Las actividades que se desarrollen en recintos al aire libre y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio no pueden superar el 25% del aforo máximo permitido, con un máximo, en todo caso, de 150 personas.
  • Archivos y bibliotecas: la ocupación de bibliotecas no puede superar el 25% de su aforo máximo permitido y se debe garantizar la distancia de 1,5 metros entre personas. Se debe promover la utilización telemática de los servicios por parte de las personas usuarias. Si se cuenta con butacas preasignadas, para la realización de actos públicos el aforo puede llegar al 50%. Los archivos de titularidad pública pueden desarrollar su actividad conforme a su horario habitual.
  • Museos: el aforo máximo de museos y salas de exposiciones, o de las actividades que se realicen en ellos, será del 25% del aforo máximo autorizado. No se realizarán inauguraciones ni acontecimientos sociales. Las visitas o actividades guiadas se llevarán a cabo en grupos de 4 personas. Si se cuenta con actividades con butacas preasignadas, el aforo puede llegar al 50%.

Actividades de ocio en Zaragoza

  • Piscinas al aire libre o cubiertas y de las zonas de baño: el aforo máximo de las piscinas al aire libre o cubiertas y de las zonas de baño para uso recreativo es del 30% del aforo máximo tanto en lo relativo a su acceso como en la práctica recreativa. Se permite el uso de vestuarios con una ocupación del 30%. Está permitida también la utilización de duchas siempre que su uso sea individual. Parques y zonas de esparcimiento permanecen abiertos. Se recomienda prever un horario de 08.00 a 20.00 horas en parques infantiles.
  • Centros de ocio juvenil, ludotecas y centros recreativos cerrados.
  • La celebración de fiestas, verbenas y otros eventos populares queda suspendida hasta las 00.00 del día 9 de mayo de 2021. 
  • La actividad desarrollada en peñas o locales de reunión asimilados queda también suspendida hasta las 00.00 del día 9 de mayo de 2021.

Medidas para el transporte en Zaragoza

  • En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todos los ocupantes convivan en el mismo domicilio, pueden desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor 75% de las plazas sentadas o dos viajeros por metro cuadrado en transporte público colectivos de viajeros de ámbito urbano o metropolitano.
  • En los servicios de transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús en los que todos los ocupantes deban ir sentados, las empresas deberán optar por las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros. No pueden ser ocupados más de la mitad de los asientos disponibles respecto del máximo permitido.
  • En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, pueden desplazarse dos personas por cada fila de asientos.
  • 100% en transporte escolar.

Restricciones en el deporte en Zaragoza

  • Gimnasios y deporte en interior: aforo del 30% y uso obligatorio de la mascarilla. Se permite la apertura de vestuarios al 30% de aforo y duchas individuales. Agrupación de 4 personas máximo (más el monitor) en actividades dirigidas. 
  • Deporte en exterior: la práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, puede practicarse en grupos de un máximo de 30 personas, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, especialmente en relación con el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física conforme a lo establecido en la Ley 3/2020.
  • Competiciones deportivas: suspendidos los eventos no profesionales. No se admite público en ningún caso. Los entrenamientos viernes, sábados y domingos deberán comenzar antes de las 18.00 horas de lunes a jueves, antes de las 20.00 horas.
  • Caza y pesca: se desarrollará respetando la distancia de seguridad o utilizando medidas alternativas de protección física.

Restricciones en el culto, ceremonias, entierros, velatorios, bodas... en Zaragoza

  • Culto: aforo máximo: 25% y está prohibido cantar.
  • Bodas, bautizos y comuniones: las ceremonias nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones deberán respetar las medidas generales de seguridad interpersonal, y, en todo caso, la separación de 1,5 metros, no superando en ningún caso diez personas en el interior y quince en el exterior. Se aplicarán a las celebraciones posteriores las reglas aplicables a todos los establecimientos de hostelería y restauración, sin ampliación alguna de aforo. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.
  • Entierros y velatorios: máximo 15 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados.
  • Medidas de higiene: uso de mascarilla en todo momento, tanto en la entrada y salida del recinto como en los desplazamientos en el interior entre espacios comunes, diariamente se debe realizar tareas de desinfección de los espacios utilizados o que se vayan a utilizar y de manera regular se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia. Se deben organizar las entradas y salidas para evitar aglomeraciones de personas en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto. Se deben poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida debidamente autorizados y registrados en lugares accesibles y visibles. No se permite el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa. No está permitida la actuación de coros durante las celebraciones.

Salas de juegos y apuestas en Zaragoza

Los establecimientos de juegos y apuestas pueden abrir al 30% de su aforo. Se les aplican las mismas restricciones que a todos los establecimientos de hostelería y restauración en el caso de prestar este tipo de servicios.

Mascarillas obligatorias

Las personas de seis años en adelante estarán obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad de, al menos, un metro y medio.

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