juicio por el crimen de los tirantes

Rodrigo Lanza, condenado a 20 años de cárcel por el asesinato de Víctor Laínez

La magistrada compensa la agravante de actuar por motivos de odio con la atenuante leve de consumo de alcohol que se apreció al acusado, de ahí que no imponga a este los 23 años que solicitaba la familia del fallecido.

Rodrigo Lanza, en el momento de conocer que era condenado por asesinato.
Rodrigo Lanza, en el momento de conocer que era condenado por asesinato.
Efe

No serán 5 años sino 20 los que Rodrigo Lanza Huidobro pase en prisión por el asesinato de Víctor Laínez, al que propinó una descomunal paliza la madrugada del 8 de diciembre de 2017 tras llamarlo nazi y facha en un bar de Zaragoza. Así lo ha decidido la magistrada-presidenta del segundo juicio por el llamado crimen de los tirantes, María José Gil Corredera, en una sentencia que deja claro que la causa del fallecimiento del vecino de La Magdalena no fue el golpe que se pegó en la cabeza contra el suelo -como decía la sentencia del primer juicio, anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) por falta de motivación del veredicto de aquel jurado-, sino la concatenación de puñetazos y patadas que el acusado propinó a la víctima.

Tras escuchar el veredicto del tribunal popular, la Fiscalía calificó los hechos de asesinato con alevosía y por motivos de odio. Aunque la pena máxima que contempla el Código Penal son 25 años, la acusación pública rebajó su petición a 20, ya que el jurado consideró probado que el homicida había actuado afectado de forma “leve” por el consumo de alcohol. La acusación particular, a cargo de los penalistas Enrique Trebolle y José Luis Melguizo, propuso una condena de 23 años. Idéntica fue la pena que pidió el abogado David Arranz, en representación del partido VOX. Sin embargo, la magistrada ha considerado más ajustada la petición del ministerio público y ha condenado a Rodrigo Lanza a 20 años.

La defensa, que en los dos juicios corrió a cargo del letrado madrileño Endika Zulueta, no aceptó la interpretación del objeto del veredicto que hicieron las acusaciones y se opuso a ajustar la petición de pena al delito de asesinato (que le obligaba a solicitar una condena de entre 15 y 25 años de prisión). De hecho, alegó la imposibilidad de dictar sentencia y propuso, de forma subsidiaria, la imposición de dos años de cárcel a su defendido por un delito de lesiones. Por lo tanto, todo apunta a que recurrirá este segundo fallo condenatorio ante el TSJA para intentar que vuelva a ser anulado.

En cuanto a la indemnización, los letrados que representan a la familia del asesinado pidieron que se exigiera a Rodrigo Lanza el desembolso de medio millón de euros para compensar el daño moral provocado a los hijos, madre y hermanos de Laínez. Sin embargo, la magistrada ha resuelto que la responsabilidad civil se fije en 200.000 euros.

En el último apartado de la sentencia, la jueza María José Gil recuerda que el tribunal popular se mostró contrario a la suspensión de la pena, así como a la petición de indulto.

Ni navaja ni posibilidad de defensa

“En el cuerpo de Víctor Laínez no existían lesiones en extremidades superiores que indicaran la existencia de defensa o lucha”, recuerda la magistrada-presidenta del tribunal, quien recuerda también que la víctima no portaba ninguna navaja. La defensa intentaba inicialmente que Rodrigo Lanza fuera absuelto, alegando que actuó en legítima defensa al verse amenazado por el vecino de La Magdalena. Sin embargo, el veredicto del jurado consideró probado que no existió tal arma blanca, desmontando la vía de escape que planteaba Zulueta para el homicida.

“En el cuerpo de Víctor Laínez no existían lesiones en extremidades superiores que indicaran la existencia de defensa o lucha”,

“La causa de la muerte de Víctor Laínez Muntane fueron los severos traumatismos craneoencefálicos que presentaba y que provocaron una parada cardiorrespiratoria compatible con contusión de fuerte intensidad en la región temporoparietal derecha y frontal derecha e izquierda”, reza la sentencia, basándose en los informes emitidos por los forenses y los médicos que asistieron a la víctima. De esta manera, se establece una causa directa entre la muerte de Laínez y el fuerte golpe que Lanza le asestó en la parte trasera de la cabeza cuando le atacó por la espalda en el bar el Tocadiscos. Se trata de un cambio trascendental con respecto al primer veredicto anulado, ya que los primeros jurados entendieron que el fallecimiento fue consecuencia de la caída posterior al suelo y no de este fuerte golpe. Y ha sido esto lo que ha permitido calificar los hechos de asesinato.

El Letrado de la Comunidad Autónoma, José Luis Gay, como actor civil, solicitó el pago a la Sanidad Pública Aragonesa de los gastos generados por la atención médica prestada a la víctima, que pasó cuatro días en el hospital hasta que falleció, el 12 de diciembre de 2017. Estos ascendía a 5.650 euros, que también tendrá que pagar Rodrigo Lanza.

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