tribunales

Un juez rechaza la demanda que pretendía evitar la vuelta al trabajo de la plantilla de la DGA

El sindicato CSIF exigía la adopción de medidas cautelarísimas para evitar que la reincorporación de los trabajadores aumente el riesgo de contagio, pero el juzgado no ve motivos.

Tornos por los que acceden los empleados públicos a la sede de la DGA en el Pignatelli.
Tornos por los que acceden los empleados públicos a la sede de la DGA en el Pignatelli.
José Miguel Marco

El Juzgado de lo Social número 7 de Zaragoza acaba de desestimar las medidas cautelarísimas que hace unos días solicitó el sindicato CSIF para impedir que los trabajadores del Gobierno aragonés se incorporen a sus puestos de trabajo “hasta que no se dote a los mismos de los medios de protección necesarios contra el coronavirus”. En esta fase 1 de la desescalada, la DGA ha empezado a llamar a parte de su plantilla para que vuelva a sus puestos presenciales. De ahí que la organización exigiera medidas urgentes para impedir su regreso. Sin embargo, el juez cree que no hay motivos para adoptar tales medidas.

A través de su auto, contra el que cabe recurso, el magistrado recuerda a CSIF que la administración autonómica tiene trabajadores en Zaragoza, Huesca y Teruel, por lo que la petición debería haberse formulado ante la sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). “La solicitud de medidas cautelarísimas no especifica el ámbito territorial al que viene referida, no concreta ni identifica ningún centro de trabajo (...), sino que se limita a solicitar la adopción de tal medida cautelar de forma genérica”, indica el juez.

A través de un escrito presentado el pasado lunes, 18 de mayo, el sindicato alegó que al centro de trabajo que se refería es el edificio Pignatelli de Zaragoza, sede central del Gobierno aragonés. Sin embargo, el magistrado le recuerda que en su solicitud “ninguna referencia se hacía al mismo (ni tácita)”. De ahí que, apoyándose en las alegaciones de la administración regional y la propia Fiscalía, el juzgado concluya que “carece de competencia territorial” para resolver la cuestión.

Al margen de la cuestión geográfica, el magistrado adelanta en su auto que no ve causa legal alguna para plantear unas medidas cautelarísimas con carácter previo a la propia demanda por supuesta vulneración de derechos fundamentales (riesgos laborales). De hecho, le dice a CSIF que en su petición “no ha alegado, ni mucho menos ha justificado, la existencia de razones de urgencia o necesidad que justifiquen la presentación de la medida cautelar de forma anticipada y separada de la demanda de la que trae causa”.

El sindicato pretendía paralizar la incoporación de trabajadores de la DGA a sus puestos presenciales para evitar el riesgo de contagio de la covid-19. Pero hasta este argumento considera el juez “contradictorio”. Máxime, apunta, cuando “en la fase actual de confinamiento el número de personal de la administración solicitada que debe prestar trabajo presencial es mínimo, y que el acceso del público a los centros de trabajo de la DGA o bien está temporalmente vetado o sujeto a fuertes limitaciones (cita previa, limitación de aforo, distancia de seguridad, etc.)”.

Sigue la última hora del coronavirus a través de HERALDO.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión