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La falta de credibilidad de la víctima obliga a anular una condena por violación en Zaragoza

El TSJA no puede descartar que la relación fuera consentida y deja sin efecto una sentencia que imponía 8 años de cárcel al acusado. 

Los hechos se produjeron en el número 76 de la calle de Pignatelli, primer edificio a la izquierda.
Los hechos se produjeron en el entorno de la calle Pignatelli..
Francisco Jiménez

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de dejar sin efecto la sentencia que el pasado mes de noviembre dictó la Audiencia de Zaragoza condenando a Diego G. H. a ocho años de prisión por la violación de una mujer que tiene reconocida una discapacidad del 33% por un trastorno esquizoafectivo. Tras escuchar a la denunciante y al acusado en el juicio, el tribunal entendió que no había motivos para dudar de la verosimilitud del relato de la primera. Sin embargo, la defensa, a cargo del letrado Javier Elía, ha conseguido convencer al TSJA de que no hay pruebas suficientes para demostrar que el encausado forzó a la víctima a mantener relaciones sexuales.

Los hechos que dieron lugar a esta denuncia se remontan a la madrugada del 12 de julio de 2018. Según declaró en su día la denunciante y consideró probado la Sección Primera de la Audiencia Provincial, sobre la 1.40 bajó a la calle a comprar tabaco y se quedó fumando un cigarrillo en la esquina de Mariano Cerezo con Conde de Aranda. En ese momento se le acercó el acusado para pedirle un pitillo, pero la mujer se negó a dárselo. Finalmente, decía la primera sentencia, el hombre la cogió de la mano y se la llevó "contra su volunta" a una vivienda ubicada en las inmediaciones de Ramón y Cajal, donde la penetró vaginalmente.

Tras examinar el recurso de apelación, la Sala de loCivil y Penal del TSJA, presidida por el magistrado Manuel Bellido, se ha visto obligada ahora a revisar los hechos probados.Y aunque coincide el lugar y la hora en se produjo el encuentro entre la denunciante y su presunto agresor, entiende que "no ha quedado acreditado que tales hechos tuvieron lugar contra la voluntad de la mujer". Es decir, como alegaba la defensa, considera que no hay prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia y absuelve a Diego G. H.

A la hora de anular la sentencia condenatoria, el TSJA pone de manifiesto las "incoherencias" de la denunciante y concluye que su testimonio "no supera el test de credibilidad". Es más, el tribunal dice que ni siquiera hay constancia de las supuestas lesiones sufridas por la mujer y que fueron las que, inicialmente, sirvieron para condenar al acusado.

¿Por qué no se escapó?

Cuando declaró en la vista, la mujer aseguró que no conocía de nada a su presunto agresor. Sin embargo, como recuerda el TSJA en su fallo, el compañero sentimental de la denunciante manifestó que ambos lo conocían desde hacía "muchos años". Pero no es este el único motivo que lleva al tribunal a dudar de la versión de la mujer, que tardó dos días en acudir a comisaría a tramitar su denuncia. De hecho, los magistrados consideran "difícil" de creer que una persona "drogada y borracha" pudiera arrastrar unos seis minutos por la calle a otra, tal y como ella manifestó en el juicio.

Tampoco alcanza a entender al TSJA por qué la mujer permaneció en casa del presunto violador durante ocho horas si este se quedó dormido y no le impidió marcharse. "En ningún momento ha referido verosímilmente de qué manera la retuvo el acusado una vez producida la agresión (si la amenazó, la encerró, etc.)", concluye el tribunal.

La Fiscalía todavía puede recurrir este fallo ante el Supremo.

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