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Absueltos de una estafa que cometió un acusado fallecido antes del juicio

La Audiencia considera que las cuatro personas que recibieron los 90.000 euros estafados a tres inversores no eran conscientes de su procedencia.

Los cuatro acusados, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Los cuatro acusados, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Heraldo

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha absuelto a cuatro personas que fueron juzgadas por una estafa de 90.000 euros y que se enfrentaban a penas de entre uno y tres años de cárcel. El tribunal concluye que el engaño existió, pero quien lo cometió fue José Luis C. M., empresario madrileño fallecido en febrero de 2017. Las cuatro personas que se sentaron en el banquillo, su hijo, su socio y dos policías nacionales jubilados, no fueron más que instrumentos que el ya finado utilizó para llevar a cabo su plan.

José Luis C. M. propuso a tres inversores aportar dinero para una operación financiera para adquirir una garantía bancaria de cien millones de euros, su monetización y posterior entrada en un programa de alto rendimiento que, según se puso de relieve en el juicio, consistía en construir puertos secos en Camerún.

Los inversores, tras varias conversaciones con José Luis C. M., comprobaron tenía muy buenas relaciones, era una operación interesante y de alta rentabilidad y aparentaba estar capacitado para llevarla adelante. Por esa razón, decidieron participar y crearon para tal fin la empresa Juspar S. L. a través de la que inicialmente hicieron una aportación de 90.000 euros.

El dinero se abonó en distintas transferencias de 20.000 y 10.000 euros y se suponía que iba destinado a Panamá, donde creían que se estaba gestionando el proyecto. Sin embargo, no llegó a cuentas de José Luis C. M., sino de personas de su entorno, como su hijo, José Luis C. T., su socio, Ángel G. R., y sus amigos y policías nacionales ya jubilados Segundo G. C. y Manuel G. V.

Según la sentencia de la Sección Sexta, ninguno de los cuatro acusados conocían el objeto concreto de las entregas de dinero. Pensaban, dice el fallo, que era dinero particular de José Luis C. M. y que podían disponer de él como quisiese. Entre otras cosas, para pagar al encausado Ángel G. R. gastos que había hecho por cuenta del empresario madrileño.

El tribunal tiene claro que el fallecido nunca tuvo intención de adquirir una garantía bancaria, ni las transferencias solicitadas a los inversores iban dirigidas a tal finalidad, sino a su enriquecimiento personal. Para hacerlo, supo dotarse de una apariencia de solvencia y capacidad para llevar adelante la operación financiera.

Así, para simular que el proyecto estaba en marcha y conseguir nuevas aportaciones de capital, José Luis C. M. hizo llegar a Juspar S. L. un documento con el nombre de Grupo Huellas y una dirección de Panamá acusando recibo de los 30.000 primeros euros y especificando que eran a cuenta para la gestión de un proyecto de adquisición de una garantía por 100 millones de euros.

Llegó un momento en que, al ver que no prosperaba la inversión, Juspar S. L. comenzó a pedir explicaciones y el empresario empezó a darles largas. Incluso asumió en un documento la devolución de las cantidades, aunque no reintegró ninguna.

Su hijo y ahora absuelto José Luis C. T. si devolvió 25.000 euros y por eso Juspar no lo acusó, aunque la Fiscalía, sí. Ahora, la Audiencia los absuelve a todos ellos, como solicitaron sus abogados, Antonio Vargas Vilardosa o Nieves Hernández, entre otros.

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