TRIBUNALES EN ZARAGOZA

La cuidadora que dejó tirada en el suelo a una anciana 3 horas irá a prisión por no pagar la multa

La juez dice que no ha hecho esfuerzo alguno para abonar la condena de 1.800 € ni resarcir el perjuicio moral que causó a la anciana, que falleció cuatro meses después del juicio. 

La acusada, Alicia Mercedes H. S., junto a su abogado, el día que fue juzgada en la Ciudad de la Justicia.
La acusada, Alicia Mercedes H. S., junto a su abogado, el día que fue juzgada en la Ciudad de la Justicia.
Guillermo Mestre

Alicia Mercedes H. S., la cuidadora de la residencia de ancianos del Actur que fue condenada por dejar tirada en el suelo casi tres horas, de madrugada y con una pierna rota a una residente de 87 años, deberá ingresar en prisión por no haber pagado ni la multa ni la responsabilidad civil que la juez de lo Penal número 7 le impuso en su sentencia.

Las cámaras de la residencia grabaron cómo la acusada no ayudó a la anciana, apagó la luz del aseo donde se había caído y pasó varias veces por encima de ella para sortearla cuando fue a reponer artículos de baño. Fueron dos empleadas del turno de las 8.00 quienes la levantaron y avisaron al 061.

Alicia Mercedes H. fue condenada por un delito de omisión del deber de socorro a 10 meses multa a 6 euros diarios (1.800 €) que, en caso de impago, debería satisfacer con un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas. 

Es decir, cinco meses de cárcel que ahora la juez ha ordenado que cumpla, lo que sucederá si la Audiencia confirma su auto. La magistrada la condenó también a indemnizar con 6.000 euros a la anciana –que murió cuatro meses después del juicio por causas ajenas a la caída–, pero la acusada no ha pagado ni un euro.

Esta circunstancia es destacada por la juez para decidir que, a pesar de que no tiene antecedentes y la pena impuesta fue inferior a dos años (requisitos que fija el Código Penal para suspender una condena, aunque siempre es una decisión potestativa del juzgador) su actitud no la hace merecedora de tal beneficio.

La magistrada expone que desde que fue condenada en firme (el 20 de diciembre de 2018), la acusada no ha hecho "esfuerzo alguno" para satisfacer la responsabilidad civil por el perjuicio moral que con su conducta causó a la anciana (y, una vez fallecida, a sus herederas). 

"Y tampoco se ofrece a abonarla en plazo alguno, limitándose a señalar cuando se le requirió que percibe unos ingresos de 697 € mensuales y que, como existe un responsable civil subsidiario, debe ser este el que asuma el pago (...)", recoge el auto.

A la juez no le vale esta explicación y señala que el pago debe exigirse al responsable civil directo y solo en caso de que no cumpla por "imposibilidad real" se activará la responsabilidad derivada, que por eso es "subsidiaria".

Al margen de ello, la magistrada incide en que la conducta de la encartada, que en ningún momento ha reconocido los hechos, unido al "nulo esfuerzo" por intentar reparar el daño que causó, debe ser valorada negativamente. 

Por eso, no le concede la suspensión de la condena, como solicitó la abogada de la acusación particular, Carmen Sánchez, y le pide que, una vez sea firme el auto, fije el día para entrar en prisión.

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