zaragoza

Piden 4 años de cárcel para un repartidor que arrastró a un motorista 93 metros por la Ronda Norte

La víctima, de 50 años, falleció poco después de llegar al hospital. El conductor que lo arrolló cerca del barrio de Santa Isabel de Zaragoza arrastraba un largo historial de infracciones de tráfico que le hicieron perder hasta el permiso, que tuvo que recuperar.

Accidente con motorista en la A2 / 05-09-2017 / FOTO: GUILLERMO MESTRE [[[FOTOGRAFOS]]] [[[HA ARCHIVO]]]
Imagen de archivo de un accidente de moto en la A-2 a su paso por Zaragoza.
Guillermo Mestre

La Guardia Civil de Tráfico cree que el accidente que se produjo el 12 de julio de 2017 en la Z-40 de Zaragoza y que costó la vida al motorista Joaquín C. V. , de 50 años, fue consecuencia del exceso de velocidad y la falta de atención con la que conducía su furgón el repartidor Daniel D.C., de 32 años y que por entonces arrastraba ya un largo historial de infracciones al volante. Así lo reflejaron los agentes que hicieron el atestado y lo mismo dijeron durante su declaración en el juicio celebrado la pasada semana en la Ciudad de la Justicia.

Según los funcionarios, el vehículo del acusado arrolló al motorista a la altura del puente del Ebro sobre las 14.00, cuando las condiciones de visibilidad eran idóneas: más de 250 metros de campo de visión, sin obstáculos ni posibilidad de deslumbramientos de ningún tipo. Sin embargo, el conductor del furgón Iveco no se percató de la presencia de la motocicleta hasta que estuvo prácticamente encima. De ahí que lo embistiera con tal violencia que lo arrastró 93 metros sobre la calzada.

Para la Fiscalía, la imprudencia del repartidor debe ser castigada como un delito de homicidio por imprudencia grave con un año y seis meses de prisión, dos años de retirada de carné y costas. Pero la acusación particular, que ejerce el abogado Ignacio Ríos, en representación de la viuda y sus dos hijos, va más allá. Hasta el punto de que ha pedido que se imponga al encausado la pena máxima para los delitos imprudentes: cuatro años de prisón y seis de retirada del carné.

En su informe, el letrado recordó que el repartidor circulaba a un mínimo de 114,29 km/h, cuando no podía hacerlo a más de 90 por las características de su vehículo. Además, la acusación particular está convencida de que, en el momento de arrollar a la víctima, el conductor estaba haciendo uso del teléfono móvil. Y, para demostrarlo, presentó un informe de la compañía telefónica que confirma que, en ese instante, el acusado estaba consumiendo datos.

El largo historial de infracciones del encausado, al que han impuesto 17 denuncias en diez años, en los que ha llegado a perder el permiso y tenido que hacer cuatro cursos para recuperar puntos, también han pesado a la hora de pedirle la máxima condena. Según la DGT, entre las imprudencias por la que ha sido multado figuran saltarse semáforos (3 veces), usar el móvil (5), exceso de velocidad (3) o alcoholemia (1).

 

Durante su declaración, el repartidor negó que estuviera usando el móvil y alegó que el motorista iba demasiado despacio, algo que niegan los instructores del atestado basándose en los daños de la motocicleta.

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