Calatayud

Los pliegos del contrato de las aguas de Calatayud tendrán que volver a licitarse tras ser invalidados


Se han estimado dos motivos de todos los presentados por las empresas recurrentes para llevarse un servicio de 34,7 millones.

Se busca canalizar todas aquellas propuestas que el Ayuntamiento lanza para promover la igualdad de género.
Se busca canalizar todas aquellas propuestas que el Ayuntamiento lanza para promover la igualdad de género.
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El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón ha estimado los recursos especiales presentados por Acciona, Técnicas Valencianas del Agua y Gestión y Técnicas del Agua a los pliegos para conceder el servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado de Calatayud, elaborados desde el Ayuntamiento. En total, el servicio, hoy prorrogado, salió a licitación por algo más de 34,7 millones de euros a 20 años. Ahora el Consistorio tendrá que corregir defectos y volver a iniciar el proceso: pasar los pliegos por Comisión, aprobarlos en Pleno y sacarlos a concurso.

En este sentido, el TACPA reconoce que los criterios para evaluación posterior que dan unas puntuaciones están sujetos a “umbrales de saciedad”, las fórmulas matemáticas que provocan que a partir de un valor de la oferta la puntuación no mejore. A este respecto, el Tribunal reconoce que se “produce un efecto de desincentivar que la oferta sea la mejor, contraviniendo el principio de eficiencia en el gasto” y, también, “puede llegar a determinar un empate en el criterio afectado”, ya que todos los concurrentes saben hasta qué límite llegar.

Así, en la resolución se aventura a puntualizar que “a lo sumo cabría admitir criterios de adjudicación conformados con un umbral de saciedad para lograr el máximo nivel de calidad bajo otros parámetros”. Y menciona la constitución de un comité de expertos como posible solución o establecer otros criterios sujetos a fórmula que no pecasen del mismo defecto de “saciedad”. “Solo así se garantizaría los principios de igualdad de trato y de eficiencia y economía en la gestión”, subrayan. Sin embargo, el Tribunal también incide en que en esta licitación no hay un precio sino un canon que no es valorable a la bajo sino al alza por lo que “no resulta admisible considerar que los umbrales de saciedad –de los pliegos invalidados- estén fijados en pos de garantizar mayor calidad”.

Con todo ello, el Tacpa señala que “el incorrecto diseño en los criterios de adjudicación no es una mera irregularidad sino que implica un vicio de nulidad”. A esto se suma, que el mismo Tribunal considera que el gasto correspondiente a la retribución del responsable del contrato –figura encargada de supervisar la ejecución del servicio- no es atribuible al adjudicatario. Tampoco aprueba que se quisieran cargar los costes de la consultora que había realizado los trabajos de asistencia en la redacción de los pliegos.

Por su parte, desde el Ayuntamiento, José Hueso, teniente de alcalde y delegado de grandes contratos, apuntó que “ya estamos trabajando para modificar y corregir los puntos señalados y que vaya al próximo Pleno”, que está previsto para finales de este mes. “Lo que buscábamos es que no solo primara el precio, sino la calidad. Buscaremos la forma de hacerlo y de extremar que se cumplan las clausulas y que esto no se repercuta ni en los usuarios ni en la plantilla del servicio”, insistió.

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