zaragoza

Penas de cárcel para una exnotaria y un exjuez del Arzobispado de Zaragoza por quedarse 3.840€

La sentencia declara probado que se apropiaron del dinero correspondiente a los honorarios de un perito que había renunciado a ellos para abaratar costes a los litigantes en el Tribunal Eclesiástico. 

Los acusados, momentos antes del iniciarse el juicio en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
Los acusados, momentos antes del iniciarse el juicio en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
Raquel Labodía

El sacerdote y exvicario judicial Roberto Ignacio Ferrer Sarroca y la abogada y exnotaria de su tribunal María del Carmen Amador han sido condenados como autores de un delito continuado de apropiación indebida por quedarse 3.840 euros que deberían haber ido a parar a las cuentas del Tribunal Eclesiástico, es decir, al Arzobispado de Zaragoza.

La magistrada del Penal número 1, María Pilar Lahoz, condena a Ferrer como autor material a un año y nueve meses de prisión mientras que a Amador, en calidad de cómplice, le impone nueve meses de cárcel. El primero deberá devolver los 3.840 euros más los intereses legales, con la responsabilidad subsidiaria de la acusada.

Entre los dos tendrán que abonar las costas públicas y las de la acusación particular, ejercida por el Arzobispado, representado por el abogado Ernesto Gómez.

La sentencia declara probado que Ignacio Ferrer, como vicario judicial del Tribunal Eclesiástico de Primera Instancia, y Mari Carmen Amador, como auditora y notaria del mismo –cargos que ejercieron hasta 2015– tenían firma en la cuenta del Arzobispado. 

En ella se ingresaba el dinero que pagaban los particulares por los costes de los procedimientos (tasas, honorarios de letrados y peritos…) y de esa cuenta se abonaba, mediante un cheque al portador, 300 o 360 euros a los peritos por cada informe. 

A finales de 2014, uno de ellos, el psicólogo Pascual H. C., comunicó a Ferrer que a partir de ese momento no iba a cobrar nada por sus peritajes, con el objeto de reducir los costes y beneficiar a los litigantes. En el juicio, esta persona declaró que renunció a sus emolumentos porque el Papa había planteado la necesidad de disminuir el coste de las nulidades matrimoniales y era su forma de contribuir a esa petición.

Según la sentencia, el acusado no transmitió esa renuncia al Arzobispado ni al notario del Tribunal Interdiocesano de Segunda Instancia, que registra todos los ingresos de ambos tribunales. Lo que hizo, tal y como recoge la magistrada, fue quedarse con el dinero y disponer de él.

"Siguiendo instrucciones de Roberto Ignacio Ferrer y sabiendo que Pascual H. C. no cobraba por los informes que presentaba, María del Carmen Amador libró y cobró cheques al portador contra la cuenta del Tribunal Eclesiástico por los importes que hubieran correspondido en su caso al perito, entregando a continuación las cantidades percibidas a Ferrer, que dispuso libremente y sin supervisión de ese dinero, sin que tampoco diera cuenta posteriormente del destino que le había dado", recoge el fallo judicial.

De esta forma, entre el 20 de enero de 2015 y el 22 de junio de ese año, Amador extendió once cheques al portador, en concepto de "pericial" o "periciales", por un total de 3.840 euros.

La juez considera probado que una mujer, Esperanza G. G., pidió y obtuvo en 2014 y 2015 ayuda económica del sacerdote para pagar facturas de luz, comida y otros gastos domésticos, pero dice que no puede determinarse en qué fecha se hicieron los pagos y que, en cualquier caso, no eran gastos del Tribunal Eclesiástico.

Para la juez, Ferrer podía utilizar el dinero del Tribunal para los fines de éste, "pero en este caso ha quedado acreditado" que sacó 3.840 euros de "forma irregular" haciendo figurar que se había pagado al perito "cuando no era cierto", afirma en el fallo. 

"La disposición legítima se convirtió en una disposición ilegítima", señala. Añade que, además, la renuncia a esos 300 o 360 euros, según los casos, no repercutió en los litigantes ni el abaratamiento de los costes.

Aunque los acusados mantuvieron que el dinero se empleó en pagar gastos como asistencia a simposios, formación de jueces, gastos de matrículas o libros, estas ayudas no entraban dentro de las atribuciones del sacerdote. Así lo valora la juez, que indica que Ferrer actuó de forma "dolosa" y Amador le ayudó y "enmascaró" las salidas de dinero.

Preguntados por el fallo, los letrados defensores José Luis Melguizo y Fernando Lacruz anunciaron que recurrirán y recordaron que el tribunal eclesiástico de la Rota ya absolvió a sus clientes por los mismos hechos.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión