pleito con la seguridad social

Echenique pierde otra batalla judicial por la contratación irregular de su asistente

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirma la existencia de una relación laboral entre el político y su trabajador, al que no dio de alta y por el que no cotizó.

Pablo Echenique de Unidas Podemos por Zaragoza, se tuvo que instalar en el 'gallinero'.
Pablo Echenique, diputado de Unidas Podemos por Zaragoza.
Agencias

Los tribunales han vuelto a dar la razón a la Tesorería General de la Seguridad Social en su pleito contra Pablo Echenique por la contratación irregular de un trabajador al que el diputado y candidato de Unidas Podemos por Zaragoza no dio de alta. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada en primera instancia que estimó la demanda de la administración frente a Echenique y declaró la relación laboral por cuenta ajena entre el político y su empleado, a los efectos de la cotización en el Régimen General de la Seguridad Social entre marzo de 2015 y abril de 2016.

La Sala de lo Social del TSJA emitió sentencia el pasado 27 de septiembre resolviendo el recurso de suplicación presentado por Echenique contra el fallo del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza dictado el pasado mes de enero. La resolución, de la que ha sido ponente Juan Molins, desestima todos los motivos de impugnación del demandado. Reitera la existencia de una relación laboral entre el político y su asistente, en consonancia con la demanda que en su día presentó la Tesorería General de la Seguridad Social.

El diputado de Unidas Podemos tenía contratada con la empresa Adomi la prestación de un servicio de ayuda a domicilio desde 2005, a razón de 11,40 euros/hora, para que enviara a un auxiliar a su casa y que lo asistiera en tareas básicas personales. Desde el año 2007 eran realizadas por la misma persona, pero en 2011 la empresa dejó de prestar la ayuda a domicilio y advirtió que extinguía los contratos de los auxiliares con la posibilidad de ser contratados directamente por los clientes. 

La relación entre Echenique y su asistente se mantuvo, le seguía pagando lo mismo, en efectivo, pero sin estar dado de alta. Luego se interrumpió, hasta retomarla en marzo de 2015, de lunes a sábado, además de algún domingo, una hora diaria y también a 11 euros, hasta abril de 2016. Él le ayudaba a levantarse, asearse y vestirse, pero, según la sentencia ratificada ahora, "en ningún momento estuvo de alta".

La Inspección de Trabajo levantó un acta de liquidación en 2017 por 1.039 euros al empleador por la falta de cotización al Régimen General (sistema especial de empleados de hogar). Echenique presentó un escrito de descargos y se inició el procedimiento judicial en el que la Tesorería figura como demandante. La sanción se ciñe a la segunda etapa, ya que la primera había prescrito.

Las sucesivas sentencias, primero la del Juzgado de lo Social y luego la del Tribunal Superior, entienden que no hubo una prestación de servicios, como alegaba el político, sino que concurrían todos los presupuestos de una relación laboral. La asistencia era diaria y en horario prefijado por el empleador, que era quien marcaba las tareas.

Teóricamente, existe la posibilidad de acudir al Supremo a través del llamado recurso de casación para unificación de doctrina. Sin embargo, los juristas advierten de que esta vía es muy compleja, ya que exige encontrar un supuesto idéntico en el que un Tribunal Superior o el Supremo haya resuelto de forma distinta.

Además de los 1.039 euros en concepto de cuotas impagadas y el recargo del 20%, el político deberá afrontar una sanción de 10.001 € de la Inspección de Trabajo por infracción muy grave al tener un empleado que no estaba dado de alta y que al mismo tiempo cobraba el desempleo. 

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