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Un juez condena a Goldcar por estafar a un cliente de Zaragoza al que cobró gasolina de más

Sanciona a la empresa de alquiler de coches por un delito leve por haber hecho un cargo fraudulento al conductor.

Hubo una bajada de los precios de los carburantes, sobre todo del gasóleo y la gasolina
Gasolinera de Zaragoza
Pixabay

No fue el dinero sino la indignación y la sospecha de que no era el único al que le estaba pasando lo que llevó a José María Lumbreras a enfrentarse a una gran empresa de alquiler de coches. Por 59 euros, el abogado zaragozano decidió querellarse contra Goldcar por lo que entendía que era una estafa y, si se investigaba un poco más, podía hasta considerarse agravada por afectar a un elevado número de personas.

No obstante, el magistrado instructor decidió juzgar su caso individualmente y ha terminado condenando a la empresa por un delito leve de estafa a la pena multa de 20,84 euros, a indemnizar a José María Lumbreras con 5,21 euros y al pago de las costas procesales. El fallo puede ser recurrido.

El letrado decidió querellarse contra la compañía a raíz de lo sucedido tras un viaje en enero en el que tuvo que alquilar un coche en el aeropuerto de Almería. La modalidad que le impuso la empresa fue la de recogerlo con el depósito lleno y devolverlo en las mismas condiciones. De acuerdo con estas premisas, a los tres días entregó el coche tras haber llenado el depósito en la gasolinera más cercana al aeropuerto almeriense, donde tenía que coger su vuelo a las 12.20.

Para asegurarse de que todo estaba correcto, guardó el tique de repostaje por importe de 38 euros efectuado a las 11.37 y fotografió el salpicadero en el que se observaba que a las 11.53, siete minutos antes de entregar el vehículo en el aeropuerto, el chivato de la gasolina marcaba lleno.

Sin embargo, como explicó el abogado en su querella, días después recibió un ‘email’ de Goldcar en el que le informaban de que le habían cobrado 9 euros por llenado de depósito y 50 de penalización por no haberlo entregado completo. La primera reacción de José María Lumbreras fue protestar por el cargo y decirles que se trataba de una apropiación indebida, puesto que salvo que hubiera una gasolinera en el propio aeropuerto resultaba imposible devolver los vehículos con el depósito lleno, pues al menos se gastará algo de combustible en llegar desde la gasolinera. También les indicó que era muy improbable que siendo un vehículo pequeño y muy nuevo, hubiera gastado 9 euros de combustible en menos de 20 km.

Miles de usuarios al año

Pero el afectado, al no obtener respuesta, decidió investigar por su cuenta y comprobó que, en su opinión, se trataba de un "engaño masivo", ya que bajo una apariencia de corrección, se esconde una condición imposible de cumplir con la que se busca ese resultado y poder de más cobrar a los usuarios, que son miles al cabo del año. Además, como las cantidades no suelen superar los 80 euros, los afectados no reclaman para no incurrir en costes judiciales.

En su caso, como abogado, los llevó a los tribunales y el juez le da la razón de forma parcial. El magistrado de Instrucción número 11 reconoce que la compañía le cobró 9 euros, a pesar de que, según el albarán que presentó la propia empresa, le costó 3,79 llenar el depósito. Para el juez, esto constituye un delito leve de estafa y le obliga a indemnizarle con la diferencia, es decir, con 5,21 euros y le impone una multa del cuádruple de lo defraudado: 20, 84 euros.

Pero, respecto a los 50 euros de penalización, el magistrado entiende las quejas sobre la cláusula contractual –sobre todo por la inexistencia de una gasolinera cercana–, pero considera que este recargo no supone en sí mismo una estafa. Además, dice el afectado que, en todo caso, sería en la vía civil donde se debería ventilar la validez de la cláusula contractual por las consecuencias que la ausencia de una estación de servicio puede tener para cumplirla. El abogado pretendía que se investigara cuántas penalizaciones por no devolver el depósito lleno había cobrado la compañía en los últimos cinco años en España y las quejas presentadas en la organización de consumidores, algo que el juez declinó hacer.

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