sentencia caso plaza

La Audiencia absuelve a la hija de Becerril de un delito de falsedad que ella confesó

A la hora de cerrar los pactos, la Fiscalía Anticorrupción logró que Carolina García Plante reconociera que el informe por el que cobró 58.000 euros a Agapito Iglesias era falso. Sin embargo, el tribunal dice ahora que el documento fue real y estaba bien pagado. Como prueba, recuerda que la propia Hacienda dio por buena la factura. 

Las hermanas Patricia y Carolina García, tras prestar declaración el jueves
Las hermanas Patricia y Carolina García, cuando declararon en los juzgados durante la instrucción de caso
Heraldo

La sentencia del caso Plaza que esta mañana se ha hecho pública ha permitido saber que la Audiencia de Zaragoza ha absuelto a Carolina García Plante, una de las hijas del exgerente de la plataforma logística y principal acusado Ricardo García Becerril, de un delito que ella misma confesó a la hora de cerrar un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción. Porque la acusada dijo que un informe de asesoramiento por el que cobró 58.000 euros al también acusado Agapito Iglesias era falso. Sin embargo, tras examinar con detalle dicho estudio, el tribunal ha llegado a la conclusión de que no solo fue real sino que sirvió para el propósito con el que fue encargado. Precisamente, los argumentos que esgrimió el propio Agapito Iglesias cuando declaró en el juicio.

La Fiscalía Anticorrupción intentó demostrar que el abono de este informe no era sino un mero “peaje” que el exdueño del Real Zaragoza aceptó abonar para así tener contento a Becerril y poder acceder a más contratos de Plaza. Pero, para los magistrados existe una prueba irrefutable de que el cuestionado informe se hizo y por lo tanto debió pagarse. Y no es otra que el hecho de que la factura fuera presentaba ante Hacienda. “Consecuentemente, si efectivamente se ha aceptado por la administración tributaria, no puede afirmarse que sea falsa”, dice el fallo.

"Decimos que es un peaje porque no se puede hacer un informe tan mal", afirmó el fiscal anticorrupción José Grinda en su exposición final, asegurando que de las 111 páginas del documento, 96 habían sido plagiadas de otros informes, “incluidas faltas de ortografía”. Además, apuntó, se hizo en junio de 2005 cuando Pulsar no se constituyó hasta diciembre de ese año y Multi Inversiones, la empresa de Agapito que lo pagó, en octubre.

“Aunque en una primera impresión el documento da la sensación de estar un poco deslavazado, ciertamente tiene una finalidad plenamente alcanzada”

Frente a estos argumentos, por un lado, el tribunal dice que las periciales demostraron que el contenido fue válido. “Aunque en una primera impresión el documento da la sensación de estar un poco “deslavazado”, ciertamente tiene una finalidad plenamente alcanzada”, dice la sentencia, que, basándose en las periciales presentadas por la defensa también considera ajustado a mercado su precio.

En cuanto la fecha de la factura, el tribunal dice lo siguiente: “Aunque es de fecha posterior a la creación de la entidad, es el Sr. Iglesias el que da una explicación, y es la de que obedece a una petición anterior efectuada a un empleado suyo, ya fallecido, y es obvio que es correcta por la propia actitud de la A.E.T., que la admite como tal aunque se imputo al año 2016, extremo perfectamente posible y ello, obviamente, al no suponer perjuicio alguno a la Hacienda Pública”

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