Zaragoza

Dos años de prisión por abusar de una chica que se había bebido 10 chupitos

El acusado declaró que las relaciones sexuales fueron consentidas, pero la Audiencia considera que la víctima no pudo dar su consentimiento, ya que tenía una pérdida "absoluta" de conciencia por la ingesta de alcohol.

El acusado, Davis A. H., durante la vista celebrada este lunes en la Audiencia.
El acusado, Deyvis A. H., durante la vista celebrada en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Heraldo

La Audiencia Provincial ha decidido condenar a dos años de prisión y ocho de alejamiento a Deyvis Antonio H. G. por abusar sexualmente de una joven con la que se había bebido botella y media de ron y que iba completamente borracha. El procesado, de 23 años, explicó durante el juicio que conoció a la joven en el bar Encuentro Latino –C/ Lozano Monzón, 9-19– y que las relaciones fueron consentidas. Sin embargo, el tribunal de la Sección Sexta no le da credibilidad, ya que entiende que el alcohol provocó a la víctima una pérdida "absoluta" de conciencia.

Los hechos enjuiciados se produjeron en la madrugada del 8 de noviembre, después de que acusado y denunciante estuvieran charlando y bebiendo durante varias horas. Sobre las 3.30, ambos salieron del bar y se introdujeron en un local contiguo abandonado, donde, tras desvestir parcialmente a la chica, el joven se colocó sobre ella y la penetró.

"Se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido"

Como la denunciante tardaba mucho en volver, una compañera de piso, asustada, decidió salir a buscarla. Fue precisamente esta quien sorprendió al procesado manteniendo relaciones con su amiga, hecho del que dejó constancia haciendo una fotografía con su teléfono móvil. La presencia de esta testigo hizo que el encausado abandonara el lugar, momento que aprovechó la joven para llevarse a la víctima a casa. Como recuerdan los magistrados en su sentencia, dado el estado de inconsciencia de la joven, su compañera tuvo que llevársela "arrastrándola y a empujones".

A la mañana siguiente, al ver la fotografía que le había hecho su amiga, la víctima quedó "horrorizada", de ahí que acudiera a denunciar lo sucedido a comisaría.

Como mantenían la Fiscalía y la acusación particular, a cargo de los letrados Javier Osés y Edna Barroso, la Audiencia cree que se dan todos los elementos necesarios para calificar la conducta del procesado como abusos sexuales. Es más, recuerda el tribunal que se consideran abusos sexuales no consentidos "los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido". Al acusado se le aplica la eximente incompleta por intoxicación etílica y el fallo se puede recurrir ante el TSJA.

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