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La Audiencia no ve amaño en la oposición de bomberos de la DPZ y zanja el caso

Considera que de la "exhaustiva" investigación no se desprenden pruebas sino "meras conjeturas y sospechas" y condena en costas a los denunciantes. 

Los resultados del examen teórico provocaron numerosas quejas e incluso una querella entre los aspirantes de la oposición de bomberos de la DPZ.
Los resultados del examen teórico provocaron numerosas quejas por parte de muchos aspirantes de la oposición de bomberos de la DPZ.
Oliver Duch

La Audiencia de Zaragoza acaba de zanjar de forma definitiva la causa abierta a finales de 2017 para investigar un posible amaño en las últimas oposiciones de bombero de la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ) por entender que no existen pruebas de cargo sino "meras sospechas o conjeturas" contra los ocho encausados, entre los que figuraba el propio presidente de la institución provincial, Juan Antonio Sánchez Quero. Para el tribunal, el juez instructor Fernando Ariste hizo una exhaustiva investigación y su decisión de archivar el caso fue acertada. De ahí que la Audiencia aprecie incluso cierta temeridad en el empeño de algunos de los querellantes a la hora de recurrir el sobreseimiento provisional de las actuaciones –primero en reforma y después en apelación– y los condene en costas.

A tenor de los resultados del examen teórico, algunos aspirantes entendieron que se podían haber filtrado preguntas a ciertos opositores y señalaron como responsables no solo al presidente de la DPZ, sino también al del tribunal de la prueba y otras seis personas vinculadas a la misma. Pero tras interrogar tanto a los encartados como a los querellantes y practicar varias periciales estadísticas –a petición de la acusación y de la defensa–, el juez instructor del caso llegó a convicción de que no había base para atribuir a los investigados delitos tráfico de influencias y revelación de secretos.

Pero los querellantes, a los que representa la abogada Carmen Sánchez, no se quedaron conformes e impugnaron el auto de archivo. En su escrito, rescataban una de las conclusiones del propio juez: "Existió un conjunto de exámenes con resultados anómalos, siendo la causa más probable de tales anomalías el conocimiento previo por parte de los opositores que los realizaron del contenido de preguntas del mencionado examen".

Para los denunciantes, con estas palabras el instructor estaba reconociendo una serie irregularidades, lo que, en su opinión, le obligaba a seguir investigando el origen. Hay que recordar que se presentaron 476 personas y tan solo 20 superaron el test.

"Este resultado de excelencia ha podido ser consecuencia (...) de otros factores o circunstancias lícitas (...) como una excelente preparación previa

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, a través de la magistrada ponente Concepción Aldama, recuerda ahora a los querellantes que"pese a que los resultados de algunos de los opositores son muy acertados en preguntas de seria dificultad", no se puede deducir de ello que existió un ilícito penal. "Este resultado de excelencia ha podido ser consecuencia (...) de otros factores o circunstancias lícitas (...) como una excelente preparación previa", señala.

Para el tribunal, los resultados estadísticos atípicos no son sinónimo de una infracción penal. Es más, la Audiencia reprocha a los denunciantes el no haber acudido primero a la vía contencioso-administrativa, sin obviar que podía resultar "tentadora" para ellos el uso directo de la vía penal.

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