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El Gobierno indulta a un zaragozano condenado por quedarse 221.872 €

Al dueño de la agencia de viajes Ekoalfa 4 se le impuso una pena de 3 años de cárcel por apropiarse dinero de la venta de billetes de avión.

Francisco de Haro
El dueño de Ekoalfa 4, Francisco de Haro Peinado, en los pasillos de la Audiencia de Zaragoza.
Asier Alcorta

El empresario zaragozano Francisco de Haro Peinado, dueño de la agencia de viajes Ekoalfa 4, fue condenado por la Audiencia de Zaragoza a tres años de prisión y al pago de una multa por apropiarse de 221.872 euros que había obtenido vendiendo billetes de avión de casi una treintena de compañías aéreas. No conforme con la sentencia, la defensa la recurrió después ante el Supremo, que ratificó en su integridad el fallo. Sin embargo, lo que el acusado no consiguió a través de los tribunales lo ha logrado por medio del Consejo de Ministros, que hace solo unos días le concedió el indulto parcial.

De la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez ha dado cuenta ahora el BOE, donde se explica que la pena de tres años de prisión que se impuso al empresario zaragozano será conmutada por otra de dos, a condición de que no vuelva a cometer ningún otro delito doloso durante los próximos tres años. Cabe recordar que, en aquellos casos en los que no existe reiteración delictiva, las condenas que no superan los dos años se suelen suspender, evitando al encausado pisar la prisión.

A la hora de justificar la concesión el indulto parcial, propuesto por la ministra de Justicia, Dolores Delgado, el Consejo de Ministros se apoya en "las circunstancias" del condenado, sin llegar a concretarlas. "Concurren razones de justicia y equidad", es lo único que indica la disposición del 8 de marzo.

Los hechos por los que el dueño de la agencia Ekoalfa 4 fue condenado por un delito de apropiación indebida se remontan al año 2011. Quien le denunció fue la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA, sus siglas en inglés), con quien tenía un contrato firmado para la venta de billetes de las distintas compañías aéreas.

Dos de las aerolíneas más perjudicadas fueron KLM e Iberia, que reclamaban al encausado 26.245 y 26.064 euros, respectivamente. Pero en la lista de damnificadas aparecían también British Airways, Alitalia y muchas otras.

Concurso de acreedores

Cuando le condenó, la Audiencia de Zaragoza no tuvo en cuenta las explicaciones que dio el empresario sobre la mala situación que atravesaba entonces su empresa –presentó concurso de acreedores– ni tampoco que él consideraba esa cantidad un crédito. Al contrario, los magistrados concluyeron que el acusado tenía un contrato firmado con IATA en el que se dejaba claro que la agencia de viajes quedaba "autorizada" para vender billetes y que «todo» el dinero cobrado por el transporte era propiedad de las compañías aéreas. 

Según ese documento, la agencia era una mera depositaria de ese dinero y lo tenía en custodia hasta que se contabilizaba de forma satisfactoria y se efectuaba la liquidación con las aerolíneas.

Para la Audiencia no resultó creíble la excusa que alegó Francisco Haro Peinado de que solo había firmado una hoja del contrato con la IATA y que este estaba redactado en inglés, idioma que él no habla. "(...) Si firmó en nombre de la sociedad dicho contrato es evidente que quedó vinculado por él, pues nadie le obligó a firmarlo", indicaba la sentencia que después confirmó el Tribunal Supremo.

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