litigio en los tribunales

Nuevo revés judicial al Ayuntamiento de Zaragoza: deberá pagar 2,6 millones por la obra del corredor verde

El TSJA ratifica la obligación de abonar la deuda pendiente a las contratistas y los intereses, que se elevan a otro millón de euros.

Imagen de la transformación de las antiguas vías de Oliver-Valdefierro en un corredor verde.
Imagen de la transformación de las antiguas vías de Oliver-Valdefierro en un corredor verde.
Guillermo Mestre

El Ayuntamiento de Zaragoza ha vuelto a sufrir otro revés en los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) le acaba de condenar a pagar los 2,6 millones de euros pendientes por las obras de la segunda fase del corredor verde Oliver-Valdefierro, además de los intereses y las costas. Esto elevará el coste para las arcas municipales en otro millón de euros, que aún se podría disparar si finalmente se presenta un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La deuda millonaria se remonta a la pasada legislatura, aunque el equipo municipal de Zaragoza en Común (ZEC) se negó primero a pagar nada más entrar al Ayuntamiento en el verano de 2015 y, posteriormente, decidió recurrir la primera sentencia condenatoria, a finales de 2016.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA desestimó a finales de febrero el recurso de apelación del Ayuntamiento y ratifica la sentencia que ya estimó íntegramente la demanda presentada por las contratistas de las obras, Acciona y MLN. La Unión Temporal de Empresas (UTE) reclamó la deuda al Ayuntamiento tras el impago por parte de la junta de compensación de Arcosur, que alcanzó en 2011 el compromiso con el equipo municipal socialista de financiar "anticipadamente" las obras de conversión del antiguo trazado ferroviario a su paso por Oliver y Valdefierro en un corredor verde.

Como informó este diario, el Ayuntamiento adjudicó la segunda fase por 13,7 millones en 2010, aunque su coste final ascendió a 15,1. Las arcas municipales abonaron a la UTE las primeras certificaciones del corredor, pero el entonces equipo socialista pactó en 2011 con Arcosur que asumiera directamente las restantes. Así se recogió en una adenda al convenio urbanístico firmado en 2005, por el que el Ayuntamiento renunció a parte del suelo que le correspondía por cesión a cambio de que Arcosur pagara actuaciones por 32,7 millones. En la lista se incluyó el corredor verde.

Arcosur pagó 12,4 de los 14 millones que le correspondían, pero sus dificultades económicas le llevaron a no atender el resto de la deuda y a proponer saldarla con suelo. Dicho planteamiento fue descartado por el pleno municipal en abril de 2015.

El Ayuntamiento ya argumentó sin éxito ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Zaragoza que el acuerdo de subrogación y pago de las obras del corredor verde que firmó con Arcosur le exoneraba de la deuda. Por si hubiera alguna duda de que se trataba de un “pago por tercero”, el TSJA apunta que el hecho de que el Consistorio reclamara en 2015 el importe a la junta de compensación de Arcosur le hizo asumir “de nuevo la posición deudora frente a la contratista”.

El ponente de la sentencia, Jesús María Arias, vuelve a reproducir incluso el acuerdo alcanzado en su día para reiterara que “resultaba clara la voluntad de las partes de articular un mecanismo de pago que permitiese agilizar el pago de las certificaciones”. Este pasaba por que Arcosur abonaba directamente a la UTE del corredor verde conforme avanzaban las obras, por lo que concluye el TSJA que de la “literalidad de los pactos” no se puede concluir, como pretende el Ayuntamiento, que hubiera “una novación extintiva” . Es decir, que Arcosur asumiera las obligaciones económicas del Consistorio.

Para recalcar su postura, el alto tribunal destaca que la mera suscripción del acuerdo no determinaba, “sin más”, la liberación de la deuda por parte del Ayuntamiento, ya que para ello “debía acreditarse el cobro de las certificaciones por la UTE”. Y reitera que el pleno de abril de 2015 aprobó la liquidación de las obras, en la que se incluyó los 2,6 millones en litigio, “acordándose la emisión de los correspondientes documentos cobratorios y exigir el pago de los mismos a la Junta en el plazo de cuatro meses”.

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