Los hijos de una pareja de Zaragoza condenada por maltrato infantil no podrán vivir con sus abuelos

La magistrada prefiere que sean dados en adopción, puesto que, según esta, al llevar en acogida desde que eran muy pequeños no han desarrollado una relación de arraigo con la familia biológica. La Audiencia de Zaragoza tendrá la última palabra.

Los padres de los niños, en la Audiencia de Zaragoza, cuando se celebró el juicio.
Los padres de los niños, en la Audiencia de Zaragoza, cuando se celebró el juicio.
Oliver Duch

Dos hermanos que fueron apartados de sus padres desde muy pequeños por un posible caso de maltrato –a día de hoy ya existe una sentencia condenatoria– pueden estar mejor con una familia adoptiva que con sus parientes biológicos. A esa conclusión ha llegado una juez de Zaragoza a través de una sentencia en la que rechaza entregar a los niños a su familia materna y ordena que continúen los trámites del proceso de adopción iniciado por los padres de acogida.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) se hizo cargo de los pequeños, que actualmente tienen 3 y 5 años, cuando la Policía Nacional detuvo a sus padres en mayo de 2015. Y lo hizo porque cuando estos llevaron a urgencias al menor de los hermanos -que entonces solo tenía dos meses–, los pediatras le descubrieron hasta 15 fracturas. De hecho, ello hizo que se reabriera el caso de otra hermana, fallecida en abril de 2014 ­–cuando solo tenía 29 días– y que había sido archivado.

Concluidas las pesquisas, la Fiscalía acusó al padre, R. S., de un delito de asesinato, otro de lesiones y un tercero contra la integridad moral. A la madre de los menores, B. S., la llevó también a juicio por los dos últimos. Tras una larga deliberación, el Jurado llegó a la conclusión que ambos debían ser condenados: el hombre, a cinco años y cinco meses de prisión y su esposa, a dos años y cinco meses.

El tribunal popular dijo que las lesiones causadas por la pareja a sus hijos no habían sido intencionadas, pero les reprochó el haber omitido "las más elementales normas de cuidado". Sobre todo, después de que los forenses dijeran en el juicio de una forma "rotunda y clara" que la niña fallecida presentaba hemorragias compatibles con el llamado síndrome del bebé zarandeado.

A la hora de pronunciarse sobre la entrega de los dos hijos de este matrimonio a la familia materna, la juez ha tenido muy en cuenta el resultado del proceso penal. Sin embargo, aclara que esta sentencia "no hubiera resultado imprescindible para desestimar la petición". Y lo hace recordando que existen una serie de informes encargados por la vía administrativa que también hablan de una atención inadecuada ­de los niños por parte de sus padres biológicos.

El despacho Ariza Abogados, que representa a la pareja, no comparte el criterio de la juzgadora y ha recurrido la sentencia ante la Audiencia. Recuerda en su escrito que "en ningún momento hubo dolo" por parte de los encausados e insiste en que tanto los abuelos como los tíos maternos han estado siempre dispuestos a hacerse cargo de los niños. Informa también de la firma de un acuerdo de divorcio entre los padres.

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