Sancionado por fumar un porro frente al Hospital Infantil
La Ley Antitabaco prohibe fumar en los espacios al aire libre de los centros sanitarios, educativos y parques infantiles o áreas de juego, entre otros.
La última reforma de la Ley Antitabaco entró en vigor el 2 de enero de 2011, y a día de hoy ya nadie se imagina fumar dentro de los bares, hospitales o centros educativos como antaño. Sin embargo, otras de las normas que esta ley establece se cumplen de una forma más laxa.
Este lunes la Policía Local de Zaragoza, en su cuenta oficial de Twitter, publicó la foto de un porro incautado a un joven que lo fumaba frente al Hospital Infantil del Miguel Servet. En el mensaje destacaban que está prohibido fumar en todas las zonas sanitarias sin excepción, y así es.
El artículo siete del capitulo segundo establece una exhaustiva lista de lugares donde está prohibido fumar. Entre estos 25 lugares se encuentran los espacios al aire libre en los recintos (o próximos) de centros sanitarios, parques infantiles y centros docentes, salvo aquellos que pertenezcan a los de los centros universitarios y los dedicados exclusivamente a la formación de adultos.
Para ello, la última modificación también precisó en el artículo dos del capítulo primero la definición de 'espacio de uso público': "lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo".
Policías de #Sector5 detectaron a un joven fumándose un porro frente al Hospital Infantil
Está ? fumar en todas las zonas sanitarias sin excepción pic.twitter.com/twt9fnspze
Policía Zaragoza (@policiazaragoza) 28 de mayo de 2018
No era por fumar
Sin embargo, la sanción que recibió este joven no fue por el hecho de fumar en la puerta de un centro sanitario, sino por el contenido de lo que fumaba. Según fuentes de la Policía Local, se trata de una infracción administrativa por consumir sustancias estupefacientes en la vía pública.
La actual ley de protección de seguridad ciudadana, que sanciona el consumo o tenencia de drogas y estupefacientes aunque no vayan destinados al tráfico en la vía pública, establece multas que van desde los 301 euros a los 30.000, en función del sitio en el que se produjo la detención o la cantidad de droga.