El juez condena al autor del doble atropello mortal de Botorrita por imprudente y no por temerario

Considera que no conducía de forma alocada, sino "en modo automático" por la ingesta de unos 3 litros de cerveza. Le impone 4 años de cárcel, máximo para delitos no dolosos.

El conductor que causó el doble atropello mortal de Botorrita, en la sala de vistas de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza, justo antes de comenzar el juicio.
El conductor que causó el doble atropello mortal de Botorrita, en la sala de vistas de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza, justo antes de comenzar el juicio.
José Miguel Marco

El atropello mortal de los ciclistas Enrique Comín y Alberto Martínez, de 61 y 68 años, el 21 de agosto de 2016 en Botorrita no fue consecuencia de una temeridad o acto deliberado, sino de una "manifiesta negligencia" por parte del conductor, Leoncio Moreno Pérez, de 62 años, que se puso al volante tras haber tomado "de tirón" el equivalente a medio litro de coñac o tres litros de cerveza. Así lo ha entendido al menos el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, Eduardo Marquina, a la hora de condenarlo a cuatro años de cárcel por dos homicidios imprudentes y absolverlo del delito de conducción temeraria por el que le acusaban varios familiares de los fallecidos. Para el magistrado, la "gravísima imprudencia" del conductor y el fatal resultado obligan a imponerle la pena máxima, pero al tratarse de un delito no doloso –o sin intención– esta se limita a cuatro años de prisión y seis de retirada del carné.

A través de su extensa sentencia, el juez deja claro que el acusado mintió en el juicio y trató de construirse una coartada para trasladar parte de la culpa de lo sucedido a los fallecidos. Pero los "exhaustivos" atestados de la Guardia Civil y las declaraciones de los testigos hacen que el juzgador no tenga ninguna duda a este respecto y concluya que su peligrosa conducción "culminó cuando por su exclusiva culpa atropelló a los dos infortunados ciclistas".

¿Por qué tiene tan claro el magistrado que las víctimas circulaban correctamente por la N-330? Primero, por las precisas explicaciones del instructor del atestado, quien declaró durante la vista que pedaleaban "al tresbolillo": uno completamente dentro del arcén y el segundo, por seguridad, ligeramente adelantado y ocupando la mínima parte del carril derecho. A ello se suman las declaraciones de otro grupo de ciclistas que marchaban justo detrás de los fallecidos y que no les vieron hacer ninguna maniobra anómala o echarse contra el vehículo del condenado.

Por si quedaba alguna duda, recuerda el juez que los agentes encontraron restos de cristales de un foco y un retrovisor diseminados por la cuneta. "Lo que sería imposible si el turismo hubiese circulado correctamente por su carril y hubiese intentado sobrepasar a los ciclistas dejando el metros y medio reglamentario", señala el magistrado en su fallo.

Conducción "en modo automático"

A la hora de analizar los hechos y sus consecuencias, el juzgador da una enorme importancia a lo que hizo el conductor en las horas previas al doble atropello mortal de Botorrita. Así, recuerda que tras pasar la noche consumiendo abundante alcohol en varios locales de Zaragoza, Leoncio Moreno se subió al coche con las facultades psicofísicas "profundamente mermadas". Ello hizo que se equivocara y queriendo regresar a su casa en La Muela tomara dirección Huesca y sufriera un primer accidente en la A-23, donde chocó con un bionda y llegó a detener su coche.

Según los cálculos de los forenses, en ese momento circulaba con una tasa de alcohol de entre 0,95 y 0,98 miligramos por litro de aire espirado. Y lo estiman así porque sobre las 10.55, después de causar la muerte de los ciclistas en Botorrita, todavía dio mediciones de 0,71, 0,76 y 0,66.

Para el magistrado, esa enorme ingesta de cerveza hizo que el conductor circulara en "modo automático", sin capacidad alguna de reacción. De ahí que no llegara a pisar el freno ni hacer la más mínima maniobra evasiva. La sentencia todavía no es firme.

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