El hombre que mató a su mujer en Santa Isabel tenía un leve trastorno mental, según el jurado

Los miembros del jurado lo declaran culpable de un asesinato consumado y dos frustrados y será condenado a entre 38 y 40 años. Creen que el homicida confeso tenía un leve trastorno mental.

El jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Santa Isabel
El jurado declara culpable de asesinato al acusado de matar a su mujer en Santa Isabel
José Miguel Marco

El jurado ha declarado este miércoles a Faustino Sarroca Serrano, de 74 años, culpable del asesinato de su mujer, cometido el 8 de mayo de 2016 en su domicilio del barrio zaragozano de Santa Isabel.

Con el matrimonio estaba ese día el menor de sus hijos, de 40 años, que padece una discapacidad física y mental del 80%, a quien el acusado también intentó matar golpeándole en la cabeza con un martillo de albañil, el mismo con el que había acabado con la vida de su esposa.

Tras dejarlos malheridos e inconscientes en el suelo (los dio por muertos) llamó por teléfono a otro hijo, de 48 años, y le contó que su madre, que entonces estaba siendo tratada de cáncer, se encontraba vomitando y había que llevarla al hospital.

Nada más entrar en la casa, su padre le arrojó a la cara un recipiente que había llenado con lejía y, aprovechó el acto reflejo de llevarse las manos a los ojos para pegarle dos veces en la cabeza con la maceta de albañil. Este hombre logró salir corriendo de la vivienda y avisar a su tío, que residía muy cerca de ellos.

Ninguna de las otras dos víctimas tuvo ninguna posibilidad de defenderse, ya que fueron atacadas por sorpresa cuando se encontraban descansando en la sala de estar de la casa después de comer. La mujer falleció esa misma tarde en el hospital y el hijo menor estuvo ingresado en la uci a causa de las graves lesiones. Todos estos hechos fueron reconocidos el primer día por el acusado.

Por las agresiones a sus hijos, el jurado lo ha encontrado culpable de dos delitos de asesinato en grado de tentativa, el primero de ellos agravado por la especial vulnerabilidad del hijo discapacitado.

El tribunal popular, de acuerdo con los informes de los médicos forenses, llegó a la conclusión (por mayoría de 5 votos sobre 4) de que Faustino Sarroca tenía limitadas sus capacidades de decidir y obrar en el momento de cometer los crímenes. Esta circunstancia deberá tenerse en cuenta a la hora de elaborar la sentencia como una circunstancia atenuante, al igual que los 30.000 euros que el acusado adelantó a cuenta de la indemnización que deberá pagar a su familia.

Tras conocer el veredicto, la Fiscalía y el Gobierno de Aragón, que ejerce la acción popular al tratarse de un delito de violencia de género, han solicitado penas que suman 48 años de cárcel por los tres delitos con la agravante de parentesco y las atenuantes de trastorno mental y reparación del daño. La acusación particular, en nombre de los hijos, ha elevado su petición a 50 años de prisión.

Mientras, Olga Oseira, abogada de Faustino Sarroca, ha solicitado una condena de 15 años por el asesinato de su esposa, 20 por intentar matar a su hijo discapacitado y 8 por la agresión al segundo.

Todas las partes han reclamado para el acusado penas adicionales de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctimas, así como la privación de la patria potestad y la autoridad familiar sobre el hijo discapacitado. La fiscal ha planteado además que se acuerde la prórroga de la prisión de Sarroca, ya que el 8 de mayo se cumplen dos años de su ingreso, tiempo máximo que se puede permanecer de forma preventiva. El jurado descartó pedir el indulto del procesado.

Explicación de Arenere sobre el veto a los medios

El magistrado Julio Arenere, que a lo largo de este juicio ha vetado la entrada a los medios de comunicación pero no al público en general ni a estudiantes universitarios, ha permitido este miércoles, en el trámite de la lectura del veredicto, la entrada de los representantes de la prensa (sin cámaras ni sonido) y se dirigió a ellos para explicarles su decisión. Ha dicho que al comienzo de la vista la acusación particular, en nombre de las víctimas, y la defensa le pidieron que se celebrara a puerta cerrada. «Consideré que esto no era necesario, pero como mi función era salvaguardar el derecho a la intimidad y el respeto a la familia, aunque colisionaba con el derecho a la libre información, creí que debía prevalecer el derecho a la intimidad y a la relación familiar y por ello no permití la entrada a los medios de comunicación social», ha señalado el presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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