Una sentencia reconoce a las trabajadoras del 010 como empleadas del Ayuntamiento

Admite su condición de «indefinidas no fijas», pero no que se integren en la plantilla al ser su contratación «irregular».

Las trabajadoras del 010 en una protesta de 2017 por los impagos de sus nóminas.
Las trabajadoras del 010 protestaron el pasado 4 de octubre por los impagos de sus nóminas.
Oliver Duch

Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza ha reconocido a las 14 trabajadoras del servicio de atención telefónica municipal como empleadas del Ayuntamiento de la capital desde el pasado 1 de julio. Eso sí, aunque admite que mantienen una relación laboral con el Consistorio como "indefinidas no fijas", advierte de que su contratación ha sido "irregular", por lo que no se permite su integración en la plantilla municipal. La sentencia no es firme.

Las empleadas interpusieron la demanda el pasado mes de octubre contra la empresa Pyrenalia (concesionaria del servicio) y contra el Consistorio para que se reconociera que desde el 1 de julio mantenían una relación laboral con contrato indefinido con el Ayuntamiento de Zaragoza. Detalla que la contratista cesó "unilateralmente" en la prestación del servicio el 30 de junio de 2017, pero que el gobierno municipal acordó mantenerlo "por razones de interés público".

De hecho, las trabajadoras siguieron acudiendo a trabajar a las instalaciones municipales. Era el Ayuntamiento quien organizaba el servicio y lo dotaba de medios materiales, "salvo los auriculares, que fueron aportados por Pyrenalia". "Las trabajadoras continuaron desarrollando su trabajo, pero ya no lo hacían para la empresa Pyrenalia, sino directamente para el Ayuntamiento de Zaragoza", dice la sentencia en sus fundamentos jurídicos.

Esta conclusión la sostiene que la concesionaria dejó de pagar las nóminas, que entre junio y septiembre de 2017 han sido asumidas por el Ayuntamiento en virtud de un acuerdo alcanzado en otro proceso judicial en el que las trabajadoras reclamaron el cobro de sus salarios. Además, las empleadas trabajaban en locales municipales, insiste la sentencia. En este sentido, el juez dice que el Ayuntamiento "consintió que las trabajadoras continuaran desempeñando las mismas funciones bajo su paraguas, llegando a abonar incluso los salarios".

Indica que se cumplen los requisitos de retribución, ajeneidad y dependencia que rigen una relación laboral. Sostiene además que se produce "una reversión" del servicio por lo que se da "un supuesto de sucesión de plantillas". Por tanto, resuelve que según el Estatuto de los Trabajadores la consecuencia es "la subrogación del nuevo empleador en los contratos de trabajo".

Por todos estos motivos determina "que se trata de una relación laboral de carácter indefinido no fijo". Eso sí, considera que se trata de "una contratación irregular realizada por el Ayuntamiento de Zaragoza, desprovista de toda formalidad legal", dado que solo se sostiene que las trabajadoras prestaban su servicio en el Ayuntamiento, bajo la dirección de la autoridad municipal, que acordó la continuación del servicio "de forma provisional y transitoria".

"La contratación irregular de estas trabajadoras les atribuye condición de trabajadoras indefinidas, pero ello no permite la integración de las mismas en la plantilla del Ayuntamiento", dice la sentencia. Según el juez, si las empleadas pasaran a formar parte de la plantilla se vulneraría la Constitución y las leyes que regulan el acceso a la función pública. De hecho, recuerda que una sentencia del Supremo concluye que la figura del personal indefinido no fijo se origina "en un uso abusivo de la contratación temporal por parte de algún órgano administrativo".

La sentencia da la razón a las trabajadoras y condena al Ayuntamiento, a Clexpolit Outsourcing SL (antes Pyrenalia) y a la administración concursal de la citada empresa. El Consistorio zaragozano no aclaró ayer si recurrirá al Tribunal Superior de Justicia Aragón (TSJA).

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