Un hombre que vive de estafar con falsos alquileres evita la cárcel por un fallo del Supremo

El acusado, que ha sido condenado 10 veces, pone en la red falsos alquileres de pisos y se queda con las reservas.

Manuel Calahorra Jiménez, en una imagen de archivo, en la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Manuel Calahorra Jiménez, en una imagen de archivo, en la sala de vistas de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
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La Audiencia de Zaragoza ha sentado este martes en el banquillo a Manuel Calahorra Jiménez, un estafador que acumula más de una decena de condenas firmes por hechos idénticos y que a pesar de la reincidencia evitará la cárcel gracias a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que impide que aplique esta agravante cuando todos los delitos que han cometido los acusados son leves (aquellos cuya cuantía no supera los 400 euros). La Fiscalía pedía para Jiménez Calahorra una pena de dos años de cárcel por un delito leve de estafa, pero durante la vista oral celebrada este martes, el ministerio público se vio obligado a cambiar su solicitud inicial aludiendo a la doctrina del Alto Tribunal, aprobada en julio del año pasado.

Según aclaró la fiscal a la sala, desde el fallo del Alto Tribunal la agravante de reincidencia no puede aplicarse cuando el acusado solo haya cometido delitos leves (aunque hayan sido varios), salvo que tuviera antecedentes penales por multirreincidencia y hubiera sido condenado ya por delitos calificados como menos graves al menos en tres ocasiones. En estos casos, "la pena podía incrementarse hasta tres años de prisión", según quedó reflejado en la sentencia del Supremo.

Los hechos por los que este martes se ha juzgado a Manuel Calahorra Jiménez se remontan al verano de 2016, cuando puso en alquiler un piso en Benidorm a través de un conocida web inmobiliaria. El anuncio era totalmente falso, porque la vivienda no era propiedad del acusado, pero él gestionó una reserva del mismo con una zaragozana que le ingresó 200 euros en concepto de reserva. Este modus operandi lo utilizó antes al menos una decena de ocasiones. En todas ellas fue condenado en firme. Este martes, la Sección Primera de la Audiencia de Zaragoza le ha impuesto una multa de 900 euros y le ha obligado a abonar otros 200 en concepto de responsabilidad civil.

Botín de 17.000 euros

Hasta este martes, la última vez que Calahorra Jiménez se había sentado en el banquillo de los acusados de la Audiencia zaragozana fue en mayo del año pasado también por una estafa que se remontaba al verano de 2016. La denuncia que presentó una zaragozana que había reservado un piso en Benidorm con una transferencia de 200 euros y que se dio cuenta de la estafa cuando llegó a la localidad costera, permitió detener a este hombre en la ciudad de Alicante, de donde es natural. La Policía Nacional encontró en su domicilio multitud de teléfonos móviles, tarjetas de telefonía -entre ellas la del número con el que había contactado con la mujer de Zaragoza-, tarjetas de crédito de distintos bancos, un talonario de cheques y numerosos resguardos de giros postales enviados por otras muchas víctimas. Los agentes que se hicieron cargo de la investigación estimaron que el botín conseguido por el estafador podría alcanzar los 17.000 euros.

La doctrina del TS

Esta no es la primera vez que la doctrina que sentó el Supremo en julio de 2017 ‘ayuda’ a un delincuente a esquivar la cárcel en Zaragoza. El pasado mes de diciembre, Antonio Miguel Grimal Marco, un zaragozano que tenía por costumbre hacer ‘simpas’ en bares y restaurantes de la capital aragonesa, también se libró de la pena de prisión por esta doctrina. Con frecuencia, Grimal Marco acudía a establecimientos de hostelería a comer y beber, a veces incluso en compañía de amigos, pero nunca abonaba la cuenta. Como en ninguno de los casos las cuentas que dejó a deber superaron los 400 euros, todos los delitos que cometió eran leves y, por ello, no pudo aplicársele la multirreincidencia en los tres juicios a los que se enfrentó desde julio de 2017.

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